Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2021

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210226-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 3

83
Colmenar Viejo número 3. Procedimiento 564/2020

EDICTO

Don Tomas Antonio Laso Ordóñez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 564/2020 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

Sentencia número 74 de 2020

El magistrado-juez, don Moisés Guillamón Ruiz.—Colmenar Viejo, a de noviembre de 2020.

Vistos por mí, don Moisés Guillamón Ruiz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo, los presentes autos de juicio de delito leve número 564-2020, por un delito leve de hurto, en la que aparecen como denunciante, don Francisco José Carrasco, y, como denunciado, Yahia Guerrjuy, con intervención del ministerio fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución, y en nombre del Rey, dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo condenar y condeno a Yahia Guerrjuy como responsable, en concepto de autor, de un delito leve de hurto, tipificada en el artículo 234 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, a razón de 2 euros diarios (60 euros), condenándole también al pago de las costas procesales.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Yahia Guerrjuy, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado expido la presente.

En Colmenar Viejo, a 12 de febrero de 2021.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/5.616/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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