Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2021

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

155
Madrid número 15. Procedimiento 180/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 180/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. VALESKA LOZADA YASMIN frente a FOGASA y 4 TABLES OPERA SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

“Se estima parcialmente la demanda formulada por Dª VALESKA LOZADA YASMIN, con documento identificativo alemán nro. ***** frente a 4 TABLES OPERA, SL, con CIF ***** condenando a la demandada a abonar al actor el importe de 4.589,52 euros brutos.

El importe de 4.332,34 euros brutos se incrementa el importe correspondiente al 10 por 100 de interés anual por mora (artículo 29.3 del ET) desde la fecha del respectivo devengo y hasta la de la presente resolución.

A la cuantía indemnizatoria de 257,18 euros le corresponde aplicación del interés legal del dinero (artículo 1108 Código Civil) y, por tanto, el 3 por 100 anual (2019 y 2020) desde la fecha de su reclamación hasta la presente sentencia.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que si la opción fuera el cumplimiento de lo acordado, el cumplimiento en su integridad de la obligación exigida contenida en el título (incluido abono de intereses procesales si proceden), en el plazo de veinte días siguientes a la firmeza de la sentencia o desde que el título haya quedado constituido u obligación declarada en título ejecutable determina de conformidad con el artículo 239.3 de la LRSJ la exoneración de costas de la ejecución.

Se acuerda notificar esta sentencia a las partes advirtiéndoles de su firmeza ya que de conformidad con el artículo 191 de la LRJS contra ella no cabe la interposición de recurso de suplicación.

Por esta sentencia, definitivamente juzgando, se pronuncia, establece y firma.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a 4 TABLES OPERA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diez de febrero de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/5.034/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210309-155