Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2021

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210318-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LA HIRUELA

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
La Hiruela. Régimen económico. Ordenanza impuesto vehículos tracción mecánica

Finalizado el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 18 de diciembre de 2020, de modificación de la ordenanza reguladora del impuesto de vehículos de tracción mecánica, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 11, de 14 de enero de 2021, sin que contra dicho acuerdo se haya presentado reclamación alguna, el mismo queda elevado a definitivo y se publica a continuación el texto modificado de las ordenanzas fiscales, según lo previsto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Cuota. Bonificaciones.—A las cuotas vigentes en el artículo 95 referido al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se le aplicarán las siguientes bonificaciones:

Una bonificación de hasta el 100 por 100 para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si esta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación, o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo previsto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

La Hiruela, a 8 de marzo de 2021.—El alcalde, Ignacio Javier Merino Jiménez.

(03/8.369/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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