Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82

Fecha del Boletín 
07-04-2021

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210407-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

106
Madrid número 4. Ejecución 116/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María José Villagran Moriana, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 116/2020 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CHRISTIAN MHAR CANO CORONO frente a RED CAPSICUM SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. CHRISTIAN MHAR CANO CORONO, frente a la demandada RED CAPSICUM SL, parte ejecutada, por un principal de 14.605,22 euros, más 2.190,78 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2502-0000-64-0116-20.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a RED CAPSICUM SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de marzo de dos mil veintiuno.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.734/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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