Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
24-06-2021

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210624-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 61

78
Madrid número 61. Procedimiento 95/2020

EDICTO

Doña Raquel Siguero Llorente, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 61 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 95/2020, instados por el procurador don Rafael Gamarra Megías, en nombre y representación de Karmaynoa, S. L., contra doña Nadia Familiar Hasan, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2021 sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el procurador señor Gamarra Megías, en nombre y representación de Karmaynoa, S. L., declarando haber lugar al desahucio respecto de la vivienda sita en Madrid, calle Primavera, número 4, planta segunda, puerta 3, y condenando a doña Nadia Familiar Hasan a desalojarlo en plazo legal, desalojo que ya ha sido efectuado, así como al pago de la cantidad de 3.315 euros, con expresa imposición a la misma de las costas causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de veinte días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada doña Nadia Familiar Hasan y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 19 de abril de 2021.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/20.899/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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