Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2021

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211223-62

Páginas: 10


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Fuenlabrada. Régimen económico. Presupuesto general

El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de diciembre del 2021, aprobó definitivamente el presupuestos general del Ayuntamiento de Fuenlabrada, integrado por el presupuesto del Ayuntamiento, el de sus Organismos Autónomos y Empresa Públicas Municipales, las bases de ejecución y la plantilla orgánica municipal, correspondiente al ejercicio 2022, tras resolver las reclamaciones presentadas en el período de exposición al público del presupuesto general inicialmente aprobado en sesión plenaria extraordinaria de fecha 12 de noviembre de 2021 y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre de 2021.

Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del presupuesto general del Ayuntamiento de Fuenlabrada, ejercicio 2022, resumidos por capítulos, de cada uno de los presupuestos que lo integran y del consolidado, así como la plantilla orgánica municipal del ejercicio 2022.

















Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.

Fuenlabrada, a 21 de diciembre de 2021.—La secretaria general, María del Rocío Parra Castejón.

(03/34.883/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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