Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2021

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211227-126

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

MERCAMADRID, S. A.

126
Mercamadrid, S. A. Creación sede electrónica

El Consejo de Administración de la Empresa Mixta Mercamadrid, S. A., con fecha 15 de noviembre de 2021, aprobó el siguiente acuerdo:

“Aprobar la creación de la sede electrónica de Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S. A. (en adelante, Mercamadrid, S. A.), con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y el artículo 10 y concordantes del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, en los siguientes términos:

Características de la sede electrónica:

a) El ámbito de aplicación de la sede electrónica, será el de la actividad propia de Mercamadrid, S. A. comprendida en su objeto social.

b) La sede electrónica de Mercamadrid, S. A. será accesible en la dirección https://sedeelectronica.mercamadrid.es

c) En todo caso, existirá un enlace a la sede en la página web principal de Mercamadrid, S. A. (www.mercamadrid.es).

d) La titularidad de la sede electrónica corresponde a Mercamadrid, S. A.

e) La gestión de los contenidos comunes de la sede y de los servicios puestos a disposición en la sede electrónica, así como su coordinación con las distintas direcciones y/o áreas orgánicas de Mercamadrid, S. A., corresponderá a la Dirección de Infraestructuras e Innovación de Mercamadrid, S. A., a través del Área de Tecnologías de la Información de Mercamadrid, S. A.

Contenidos de la sede electrónica:

Los contenidos y servicios mínimos a incluir en la sede serán los establecidos en el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Puesta en funcionamiento de la Sede Electrónica de Mercamadrid, S. A.:

Se faculta a la Dirección General de Mercamadrid, S. A. para acordar y tramitar cuantas actuaciones sean precisas ante cualquier organismo público o privado necesarios para la puesta en funcionamiento de la sede electrónica de Mercamadrid, S. A. y sus servicios.

La sede electrónica de Mercamadrid, S. A. y cada uno de los servicios que vayan implementándose en la misma, comenzarán a operar en el momento que determine la Dirección General de Mercamadrid, S. A., en función del estado de desarrollo técnico de la sede electrónica y de cada servicio a implementar en la misma y que permita su puesta en funcionamiento.

Adaptación de determinadas características de la Sede Electrónica de Mercamadrid, S. A.:

Podrán adaptarse, mediante acuerdo de la Dirección General de Mercamadrid, S. A., publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

a) La dirección electrónica que figura en el presente acuerdo de creación, cuando deba modificarse por cualquier causa.

b) La denominación de las direcciones o áreas responsables, cuando deriven de reordenaciones organizativas.

c) La relación y características de los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede.

d) Cualquier otra característica que no sea de consignación obligatoria conforme a lo previsto en el artículo 11 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos”.

Madrid, a 20 de diciembre de 2021.—El secretario general, Pedro Emilio Escudero.

(02/34.730/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.70.1: V. OTROS ANUNCIOS

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