Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2022

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220628-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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El Boalo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Boalo, Cerceda y Mataelpino, de 15 de junio de 2022, por el que se convoca la concesión de ayudas económicas de pago único a la natalidad, ejercicio 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/634753).

BDNS (Identif.): 634753

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los progenitores o adoptantes de niños o niñas, nacidos o adoptados, durante el año 2021 que cumplan los siguientes requisitos:

— Tener residencia legal en cualquiera de los municipios de El Boalo, Cerceda o Mataelpino.

— Encontrarse empadronadas/os, durante al menos los doce meses ininterrumpidos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, en alguno de los municipios de El Boalo, Cerceda o Mataelpino.

— No estar incurso en ninguna de las circunstancias que imposibilitan la obtención de la condición de beneficiario de subvenciones, según el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Modelo 1), o de nuestra ordenanza municipal.

— Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (el pago de impuestos y tasas con el Ayuntamiento de El Boalo) y frente a la Seguridad Social al momento de la presentación de la declaración responsable que debe adjuntarse a su solicitud.

Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas de pago único con el objetivo de fomentar la natalidad mediante el apoyo a los progenitores o adoptantes empadronados y con residencia legal en cualquiera de los municipios de El Boalo, Cerceda o Mataelpino, por nacimiento o adopción de hijos o hijas durante el año 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de junio de 2022, publicadas en la página web del Ayuntamiento de El Boalo y en el tablón de anuncios.

Cuarto. Cuantía.—Crédito consignado y disponible: 25.000 euros.

Se establece una cuantía de 500 euros por cada hijo nacido o adoptado durante el ejercicio 2021. Solo se podrá presentar solicitud por parte de uno de los progenitores u adoptantes. La concesión de las ayudas se efectuará hasta agotarse el crédito disponible destinado a esta convocatoria a favor de todas y cada una de las solicitudes presentadas, dentro del plazo establecido para ello y siempre que reúnan los requisitos exigidos en esta convocatoria. En caso de que las solicitudes presentadas superen la cuantía establecida en esta convocatoria, se procederá al reparto proporcional entre todas ellas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento de El Boalo.

El Boalo, a 15 de junio de 2022.—El alcalde, Javier de los Nietos Miguel.

(03/12.985/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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