Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
18-07-2022

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220718-38

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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EXTRACTO del Acuerdo de 27 de junio de 2022, de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá, por el que se convocan las Bolsas de Viaje (II) para el año 2022.

BDNS: 637968

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

— Profesores o investigadores de la Universidad de Alcalá con dedicación a tiempo completo, excepto lo recogido en el punto 2.2 de la convocatoria.

— En el caso del personal investigador contratado para la realización de un proyecto de investigación es necesario que haya disfrutado de al menos 12 meses de contrato en la UAH a fecha de cierre de la convocatoria en los dos últimos años, y con una dedicación a la UAH durante todo este tiempo de al menos el 50 por 100.

— Personal Investigador Predoctoral en Formación, regulado por el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, contratados por la Universidad de Alcalá.

— Personal Investigador contratado con cargo a las ayudas del programa operativo de empleo juvenil y la iniciativa de empleo juvenil (YEI) en las categorías de investigadores predoctorales, investigadores postdoctorales y ayudantes de investigación.

Segundo

Objeto

Fomentar e impulsar la actividad investigadora financiando los gastos de desplazamiento, para presentar ponencias, comunicaciones, posters u otro tipo de aportaciones científicas en congresos científicos, simposios, etc., de ámbito internacional que se celebren del 1 de agosto al 31 de diciembre del año 2022.

Tercero

Bases reguladoras

Bases Reguladoras Marco de la concesión de becas y ayudas a la investigación por la Universidad de Alcalá ( https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Investig... ).

Cuarto

Cuantía

Se subvencionarán los gastos de viaje, hasta un máximo de 90 euros para desplazamientos a congresos que se celebren en la península en una localidad diferente a la que tenga el investigador como residencia habitual y hasta 125 euros en las islas; de hasta 300 euros para Europa y hasta 800 euros para el resto del mundo.

El importe total de esta convocatoria, junto con la Convocatoria de Bolsas de Viaje I 2022, es de 50.000 euros.

Esta convocatoria se financia con cargo a la aplicación presupuestaria 30400M00541A645.09.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de publicación de la convocatoria hasta el 26 de julio de 2022, ambos incluidos.

Las solicitudes se presentarán a través de la opción ‘Convocatorias’ disponible en el Portal del Personal Investigador.

Sexto

Otros datos

Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda económica percibida para el mismo fin.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

Las solicitudes serán valoradas por el procedimiento de concurrencia competitiva por una Comisión de Valoración formada por los doctores investigadores o docente e investigadores que reúnan la condición de miembros vocales de la Comisión de Investigación de la Universidad de Alcalá.

Las solicitudes serán valoradas atendiendo a la relevancia del congreso (en función de las sociedades que lo avalen y del número de participantes) y de la publicación asociada.

Alcalá de Henares, a 27 de junio de 2022.—El Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Alcalá, F. Javier de la Mata de la Mata.

(03/14.495/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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