Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
22-07-2022

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220722-122

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

122
Móstoles número 1. Procedimiento 1144/2021

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña MARÍA VICTORIA ESTEBAN DELGADO, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento 1144/2021 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. JULIANA ANDREA ESCOBAR GOMEZ, D./Dña. HECTOR DELGADO HARO, D./Dña. OSCAR RODRIGUEZ REY CECILIA, D./Dña. SUSANA JIMENEZ JUANAS y D./Dña. MARTA RODRIGUEZ NIETO frente a BRIN CONSULTORIA Y SOLUCIONES TEC SL sobre procedimiento ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA N.o 193/2022

En la ciudad de Móstoles, a 29 de junio de 2022.

FALLO

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Héctor Delgado Haro, Doña Juliana Andrea Escobar Gómez. Doña Marta Rodríguez Nieto, Don Óscar Rodríguez Rey Cecilia y Doña Susana Jiménez Juanas contra Brin Consultoría Sol. Tec. S.L., condenando a Brin Consultoría Sol. Tec. S.L. a abonar a:

1.o) Héctor Delgado Haro la cantidad de 3.976 euros más el 10 % de interés por mora.

2.o) Doña Juliana Andrea Escobar Gómez la cantidad de 6.326, 40 euros más el 10 % de interés por mora,

3.o) Doña Marta Rodríguez Nieto la cantidad de 3.150 euros más el 10 % de interés por mora.

4.o) Don Óscar Rodríguez Rey Cecilia la cantidad de 5.230, 50 euros más el 10 % de interés por mora.

5.o) Doña Susana Jiménez Juanas la cantidad de 4.336, 20 euros más el 10 % de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, BAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-1144-21, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BRIN CONSULTORIA Y SOLUCIONES TEC S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintinueve de junio de dos mil veintidós.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/13.895/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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