Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2022

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20221230-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

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EXTRACTO de la Orden 748/2022, de 23 de diciembre, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia “Financiado por la Unión Europea-NextgenerationEU”

BDNS (Identif.): 666942

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/es/index.es

Primero

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetos al régimen de propiedad horizontal, establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como, en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, y que precisen adaptar sus instalaciones de telecomunicaciones en el interior del edificio o conjunto de edificaciones, y que cumplan los siguientes requisitos: a) Para cada una de las tres actuaciones subvencionables citadas en el artículo 6.1 de la Orden, se establece una fecha de construcción del edificio que se justificará mediante consulta descriptiva y gráfica de la información catastral de los bienes inmuebles. b) Que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecida en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2. Asimismo, en relación con los destinatarios últimos, de las ayudas serán de aplicación las reglas previstas en la convocatoria así como dar cumplimiento al principio de “no causar un perjuicio significativo al medio ambiente” (principio do no significant harm-DNSH) y el etiquetado climático y digital, de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y a aportar todas las declaraciones responsables que se exijan por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea. 3. Además, tienen que cumplir con la normativa europea y nacional que les resulte aplicable, y en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del MRR, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.

Segundo

Objeto

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y realizar la convocatoria de las subvenciones dirigidas a la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios de propiedad horizontal, contempladas en las tres líneas propuestas en el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiada por fondos públicos por parte de la Dirección General de Política Digital de la Consejería de Administración Local y Digitalización de la Comunidad de Madrid, procedentes del Fondo NextGenerationE.

Tercero

Líneas de actuación subvencionables

Las líneas de actuación subvencionables son: a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa). b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida. En este caso se trata de una instalación parcial, dado que, para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital, no incluye los elementos de captación (antenas) ni de adaptación (equipamiento de cabecera). c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.

Cuarto

Cuantía

La dotación presupuestaria inicial máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 8.243.400 euros con cargo a la partida 78099 del programa 928M del centro gestor 070120000 haciendo constar que su adjudicación, queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de esta orden, según lo recogido en el artículo 4.2 de la Orden de 23 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula el procedimiento a seguir en la tramitación anticipada de expedientes de gasto financiados con fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación y Resiliencia. La cuantía máxima de la subvención para cada uno de los supuestos de subvención previstos para cada beneficiario, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidas como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificaciones, es la siguiente: a) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación completa): Importe máximo de la subvención: 16.660,00 euros. b) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión Digital y Banda Ancha Ultrarrápida (instalación parcial, al no incluir para Radiodifusión Sonora y Televisión Digital ni los elementos de captación –antenas– ni de adaptación –equipamiento de cabecera–): Importe máximo de la subvención: 14.700,00 euros. c) Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida: Importe máximo de la subvención: 11.882,50 euros.

Quinto

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación del extracto de la orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta el agotamiento del crédito disponible o, en caso de que esto no ocurra, hasta el 30 de septiembre de 2023.

Sexto

Otros datos

Las solicitudes se presentarán de forma electrónica desde el punto de acceso general del portal de Administración digital de la Comunidad de Madrid:

https://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acce...

Madrid, a 23 de diciembre de 2022.

El Consejero de Administración Local y Digitalización, CARLOS IZQUIERDO TORRES

(03/25.556/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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