Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2023

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230127-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

15
ORDEN 30/2023, de 17 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, con el carácter de legislación básica del Estado, que “los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”.

Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, recoge en su artículo 4.bis esta misma obligación. Asimismo, el artículo 7.1 dispone que los órganos competentes para conceder subvenciones son los Consejeros.

En cumplimiento de las disposiciones legislativas referidas y su normativa de desarrollo, se dictó la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, modificada posteriormente mediante Órdenes 1435/2020, de 9 de diciembre, de la Consejería de Cultura y Turismo; 1354/2021, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; 430/2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y 970/2022, de 23 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

En la línea de los objetivos y efectos perseguidos por el referido Plan Estratégico de Subvenciones, se ha estimado oportuno incluir una nueva ayuda, dedicada a la promoción de la lectura y fortalecimiento de la industria del libro, así como ampliar el ámbito de aplicación de las ayudas a las obras de conservación de bienes inmuebles con protección individualizada de Bien de Interés Cultural, que permitan extender estas ayudas a cualquier otro bien inmueble con protección individualizada que forme parte del patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid.

Por todo lo expuesto, se requiere la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural para el período 2020-2023.

En consecuencia, y de acuerdo con el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural,

DISPONGO

Artículo 1

Modificación del Plan Estratégico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023

Se modifica la Plan Estratégico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, en los siguientes términos:

Uno. En el Dispongo 3. Subvenciones en materia de bibliotecas y el libro (Programa 332B), apartado C), Acciones subvencionables, plazo de ejecución, costes previsibles y fuentes de financiación, subapartado 2, Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se añade el punto 2.8, Convocatoria de ayudas para la promoción de la lectura y fortalecimiento de la industria del libro, cuyo importe se financiará con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al programa presupuestario 332B “Bibliotecas y patrimonio bibliográfico” o equivalentes, conforme a lo que dispongan los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes al tiempo de la convocatoria.

Dos. En el Dispongo 4. Subvenciones en materia de patrimonio histórico (Programa 337C), se modifica la regulación de la subvención identificada con el número 2, Subvención en régimen de concurrencia, de la Orden 1811/2019, de 18 de noviembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Cultural y del Museo Arqueológico Regional para el período 2020-2023, en la redacción dada por la Orden 430/2022, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, que pasa a tener el contenido que se indica a continuación:

«2. Subvención en régimen de concurrencia.

Ayudas a las obras de conservación, recuperación y restauración de bienes inmuebles, de titularidad privada, que integran el patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid.

Las órdenes de convocatoria especificarán, de conformidad con las bases reguladoras, la categoría y nivel de protección de los bienes objeto de estas ayudas, así como la cuantía total de la convocatoria y las cuantías individualizadas máxima de las mismas.

Estas ayudas se financiarán con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al programa presupuestario 337C “Patrimonio histórico-artístico” o equivalentes, conforme a lo que dispongan los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid vigentes al tiempo de la convocatoria».

Artículo 2

Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

De conformidad con el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, la presente Orden será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de enero de 2023.

La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/967/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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