Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
27-01-2023

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230127-31

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

31
ADENDA de 10 de enero de 2023, al convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.

REUNIDOS

D.a Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, nombrada por Real Decreto 235/2021, de 30 de marzo (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de marzo), en nombre y representación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando por delegación de firma según Decreto 77/2021, de 9 de septiembre, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.1 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Las partes, intervienen en nombre y representación de sus respectivas Administraciones públicas, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

Que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) se configura como un instrumento promovido a nivel de la Unión Europea orientado a mitigar los impactos de la Pandemia COVID 19, así como a transformar la sociedad, con los objetivos de modernizar el tejido productivo, impulsar la “descarbonización” y el respeto al medio ambiente, fomentar la digitalización, y la mejora de las estructuras y recursos destinados a la investigación y formación, conforme al marco establecido en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Que el 30 de abril de 2021, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) aprobó el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 “Economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión social” del PRTR.

Que en dicho Acuerdo se dispuso que el presupuesto para 2021 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 incluiría 910,3 millones de euros para el componente 22 “Economía de los Cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión” del PRTR.

Que de ellos 730,8 millones de euros serían ejecutados por las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, mediante proyectos que deberían corresponderse con los siguientes tipos de inversión:

I1: Plan de apoyos y cuidados de larga duración: desinstitucionalización, equipamientos y tecnología.

I2: Plan de Modernización de los Servicios Sociales: Transformación tecnológica, innovación, formación y refuerzo de la atención a la infancia.

I3: Plan España País Accesible.

Que este Acuerdo asignaba a la Comunidad de Madrid un importe total para el ejercicio 2021 de 94.113.176,51 euros.

Que para hacer efectiva la entrega de la financiación correspondiente a los proyectos presentados, considerando los criterios establecidos para su reparto, el pasado 13 de diciembre, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad de Madrid firmaron el Convenio para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del PRTR.

Que en el transcurso de la concreción y puesta en marcha de las actuaciones definidas en el marco de Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se ha detectado la necesidad de redistribuir parte del crédito asignado a la medida C22.I3 para destinarlo a las medidas de inversión C22.I1 y C22.I2.

Que dicha redistribución, que no compromete los porcentajes mínimos exigibles establecidos para cada medida de inversión en el Acuerdo para la distribución de los créditos para la financiación de proyectos de inversión en el marco del componente 22 aprobado el 30 de abril, supone la modificación del Anexo I del Convenio firmado con fecha 13 de diciembre de 2021.

Que, además, se advirtió en el texto del referido Convenio, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el 25 de diciembre de 2021, el error material de haberse omitido en su Anexo II una serie de hitos a alcanzar por línea y semestre, lo que hace necesaria una modificación de dicho Anexo II.

Que de conformidad con la Cláusula Decimosegunda del referido Convenio y con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 140 de la citada Ley, sobre las relaciones que deben regir entre las administraciones públicas, las partes firmantes desean formalizar la presente Adenda de Modificación de los Anexos I y II, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la Adenda

Se acuerda sustituir los Anexos I y II del Convenio vigente por los que se unen a la presente Adenda.

Segunda

La presente Adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Su plazo de vigencia será la misma que la del Convenio al que se refiere, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2026, sin posibilidad de prórroga.

Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda.

Madrid, a 10 de enero de 2023.—Por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030.—Por la Comunidad de Madrid, María Concepción Dancausa Treviño (PDF Decreto 77/2021), Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.





(03/782/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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