Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
23-02-2023

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230223-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

81
Madrid número 18. Procedimiento 1969/2022

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1969/2022 entre CARREFOUR y HENOK WAMI ABEBE, JOSE RAMON CISTERNA DE SOTO y YESSICA VELASCO MENDEZ por un presunto delito de Hurto, en cuyos autos se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N° 12/23

En Madrid a 9 de Enero de 2023, el Iltmo. Sr. Don Ángel José Lera Carrasco, Magistrado-Juez del Juzgado de instrucción 18 de esta Ciudad Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 1969/2022, sobre el presunto delito de hurto, con la intervención del Ministerio Fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Carrefour, representado y asistido por Letrada, y José Ramón Cisterna de Soto, Henok Wami Abebe, y Yessica Velasco Méndez. recuperaron los referidos efectos, que quedaron en depósito en el referido establecimiento.

FALLO

Que debo condenar y condeno a José Ramón Cisterna de Soto y Yessica Velasco Méndez, como autores de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena, para cada uno de ellos, de multa de 45 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago, cada uno de ellos, de la cuarta parte de las costas de este procedimiento, y que debo condenar y condeno a Henok Wami Abebe, como autor de un delito leve de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de 45 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de dos cuartas partes de las costas de este procedimiento, dejando sin efecto el depósito constituido sobre los efectos, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN .- Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación a D./Dña. YESSICA VELASCO MENDEZ expido y firmo la presente.

En Madrid, a 2 de febrero de 2023.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/1.988/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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