Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
24-02-2023

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230224-60

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

PERSONAL

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Becerril de la Sierra. Personal. Nombramientos

Se hace pública, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la resolución de Alcaldía número 139/2023, de 9 de febrero, expediente 1220/2020, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

Primero.—Nombrar a las siguientes personas como funcionarios de carrera en la categoría de policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid):

Este nombramiento se ha efectuado, en base a la propuesta suscrita con fecha de 21 de diciembre de 2022, por el presidente del Tribunal de Selección, don Juan Ignacio Sánchez Alemany, según el acuerdo del propio Tribunal en su sesión de fecha 20 de diciembre de 2022, conforme consta en el acta firmada por todos sus miembros. Por tanto, la presente resolución se justifica en virtud del principio de “discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección”, previsto en el artículo 55.2, letra d), del Real Decreto-Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, conforme al cual, según reiterada jurisprudencia de nuestro Alto Tribunal, los juicios técnicos de los órganos de selección en las pruebas de ingreso en la Administración, salvo alguna excepción, no son susceptibles de control jurídico, pues están revestidos de una presunción “iuris tantum” de certeza y razonabilidad en cuanto a su actuación, apoyada en la especialización e imparcialidad de los órganos establecidos para realizar las calificaciones, de modo que solo en el caso de que se demuestre la voluntad viciada del órgano (desviación de poder) o la existencia de errores palmarios y groseros, podrían anularse sus decisiones en lo que tienen de discrecionales.

Segundo.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en la sede electrónica y página web de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el Portal de Transparencia, conforme a lo prevenido en el artículo 14.2 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Indicar en la publicación que contra esta resolución, que cierra la vía administrativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar de fecha a fecha desde el siguiente a su publicación, ante el alcalde del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra (Madrid). Si transcurrido el plazo de un mes desde la interposición de este recurso no se ha recibido resolución expresa del mismo, este se tendrá por desestimado, y se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de seis meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a aquel en que el alcalde tendría que haber resuelto el recurso potestativo de reposición, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de resolución expresa desestimatoria del recurso potestativo de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la recepción de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.

No obstante lo anterior, se puede interponer directamente por parte de los interesados el recurso contencioso-administrativo, sin necesidad de interponer previamente el recurso potestativo de reposición, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de reparto del partido judicial de Madrid, en el plazo de dos meses, contados de fecha a fecha desde el día siguiente a la publicación de la presente, en la forma y con los requisitos exigidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el interesado considere conveniente.

Tercero.—Las personas aspirantes nombradas funcionarias de carrera deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se puede acceder al contenido íntegro de la resolución en la sede electrónica:

https://becerrildelasierra.sedelectronica.es

Y en la página web:

https://becerrildelasierra.org

Becerril de la Sierra, a 15 de febrero de 2023.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(03/2.732/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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