Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 138

Fecha del Boletín 
12-06-2023

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230612-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

PERSONAL

75
Parla. Personal. Acuerdo condiciones mejora incapacidad temporal

La Junta de Gobierno Local, con fecha 12 de mayo de 2023, ha aprobado la siguiente modificación del Acuerdo de Materias Comunes y Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Parla, relativo al complemento de mejora a la prestación de incapacidad temporal prevista en el Régimen General de la Seguridad Social, acordada en la Mesa General de Negociación:

Primero.—Modificar la actual redacción del artículo 51 del Acuerdo de Materias y Condiciones de trabajo Comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Parla quedando como se expone a continuación:

“Artículo 51.. Mejoras a las prestaciones de la Seguridad Social.

1. Se establece para el personal municipal un complemento retributivo desde el primer día de incapacidad temporal que, sumado a la prestación del Régimen General de la Seguridad Social, alcance hasta un máximo del 100 por 100 de sus retribuciones fijas del mes de inicio de la incapacidad temporal.

2. Este complemento retributivo no será de aplicación en los supuestos en los que la persona interesada no reúna los requisitos para ser beneficiaria de la prestación por incapacidad temporal.

3. Las ausencias al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no den lugar a una situación de incapacidad temporal y que sean debidamente acreditadas comportarán la aplicación del complemento retributivo previsto para la situación de incapacidad temporal, en los términos y condiciones establecidas en este artículo”.

Segundo.—La modificación será de aplicación a los procesos de incapacidad temporal que se inicien desde el 1 de junio de 2023.

En, Parla, a 31 de mayo de 2023.—El concejal-delegado del Área Nuevas Tecnologías, Recursos Humanos, Economía y Hacienda, Andrés Correa Barbado.

(03/9.555/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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