Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
23-06-2023

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230623-76

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SUDESTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID (MISECAM)

RÉGIMEN ECONÓMICO

76
Mancomunidad Intermunicipal del Sudeste de la Comunidad de Madrid (MISECAM). Régimen económico. Bases subvenciones

La Junta de la Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de mayo de 2023, acordó la aprobación inicial de las bases reguladoras para la concesión de las ayudas económicas, con destino a actuaciones de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día, en el marco de la actuación S22, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y MISECAM, para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado, en las dependencias supramunicipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en el portal de la transparencia de esta Mancomunidad ( https://transparenciamisecam.eadministracion.es/transparencia/ordenanzas... ).

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de las mencionadas bases.

Villarejo de Salvanés, a 13 de junio de 2023.—El secretario-interventor, Gonzalo Palacio Sánchez.

(03/10.397/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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