Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2023

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230627-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL

28
ADENDA de 6 de junio de 2023, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

En Madrid, a 6 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Francisco García Cano con NIF n.o ***5157**, en su condición de Director-Gerente, en nombre y representación del Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid con CIF G-78437092, con domicilio social en la calle Evaristo San Miguel, n.o 4 local, en virtud de la escritura pública de otorgamiento de poderes, 5122 ante el notario D. Jaime Recarte Casanova de fecha 27 de octubre de 2020.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

Que el día 14 de enero de 2020, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023.

Segundo

Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y que la misma deberá tramitarse y formalizarse con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Que el convenio no conlleva coste económico, por lo que no supondrá compromiso presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.

Quinto

Que el servicio prestado por el Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid desde el inicio del convenio que se prorroga se ha realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Única

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 14 de enero de 2020, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la primera adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 6 de junio de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social, María Concepción Dancausa Treviño.—El Representante del Colegio Oficial de Trabajo Social de Madrid, Francisco García Cano.

(03/10.278/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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