Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
05-07-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20230705-79

Páginas: 25


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Nombramientos

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad a los siguientes Decretos de delegaciones y otorgamiento de dedicaciones exclusivas y parciales dictados por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, con motivo de la organización municipal para el período 2023-2027:

1. Delegaciones genéricas

DECRETO 2023/3855, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA RESPONSABLE DE LA PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DEL ÁREA DE CIUDAD VIVA A D.a MÓNICA SEBASTIÁN PÉREZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Mónica Sebastián Pérez, como concejala-delegada responsable de la planificación y coordinación del Área de Ciudad Viva del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La planificación y coordinación del Área Ciudad Viva del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3867, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA A D. FRANCISCO MANUEL PALOMA GONZÁLEZ

En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Francisco Manuel Paloma González, como concejal-delegado en materia de Economía, Hacienda y Administración Pública.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de Economía, Hacienda y Administración pública.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3859, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y MOVILIDAD Y EN MATERIA DE MAYORES A D.a ANA MARÍA PÉREZ SANTIAGO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Ana María Pérez Santiago, como concejala-delegada de Infraestructuras, Urbanismo y Movilidad y en materia de mayores.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Infraestructuras, Urbanismo, Movilidad y Mayores.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3872, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA EN MATERIA DE FEMINISMO, DIVERSIDAD Y SEGURIDAD CIUDADANA A D.a RAQUEL LÓPEZ RODRÍGUEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero. — Nombrar a doña Raquel López Rodríguez, como concejala-delegada en materia de Feminismo, Diversidad y Seguridad Ciudadana.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Feminismo, Diversidad y Seguridad Ciudadana.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3864, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE EDUCACIÓN, RÉGIMEN INTERIOR Y GOBIERNO ABIERTO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Isidoro Ortega López, como concejal-delegado en materia de Educación, Régimen Interior y Gobierno Abierto.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Educación, Régimen Interior y Gobierno Abierto.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3862, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE GESTIÓN DE LAS PERSONAS A D. ANTONIO GONZÁLEZ MOLDES

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Antonio González Moldes, como concejal-delegado en materias de Gestión de las personas.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de gestión de las personas.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3857, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA EN MATERIA DE DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO, COMERCIO E INDUSTRIA A D.a SOLEDAD MARTÍN HERNÁNDEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Soledad Martín Hernández, como concejala-delegada en materias de Desarrollo Económico, Empleo, Comercio e Industria.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de Desarrollo Económico, Empleo, Comercio e Industria.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3858, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE PROMOCIÓN DEL DEPORTE Y VIDA SALUDABLE A D. JUAN AGUSTÍN DOMÍNGUEZ SAN ANDRÉS

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Juan Agustín Domínguez San Andrés, como concejal-delegado en materia de Promoción del Deporte y Vida Saludable.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de Promoción del deporte y Vida Saludable.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto. — La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3870, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE CULTURA A D. RAÚL HERNÁNDEZ DELGADO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Raúl Hernández Delgado, como concejal-delegado en materia de Cultura.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Cultura.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3861, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE INNOVACIÓN A D. RAÚL JUBÍN CUESTA

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Raúl Jubín Cuesta, como concejal-delegado en materia de Innovación.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de Innovación.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3871, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJAL-DELEGADO EN MATERIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN EXTERIOR A D. FRANCISCO JAVIER BOKESA ABIA

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a don Francisco Javier Bokesa Abia, como concejal-delegado en materias de Participación Ciudadana y Cooperación Exterior.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias Participación Ciudadana y Cooperación Exterior.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3863, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL, SANIDAD Y CONSUMO A D.a CRISTINA MORA NEVADO

En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Cristina Mora Nevado como concejala-delegada en materia de Bienestar Social, Sanidad y Consumo.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Bienestar Social, Sanidad y Consumo.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3868, DE 19 DE JUNIO DE 2023; CONCEJALA-DELEGADA EN MATERIA DE SOSTENIBILIDAD, MEDIO AMBIENTE, ESPACIOS PÚBLICOS Y MASCOTAS A D.a LARA PAUL LÓPEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Lara Paúl López como concejala-delegada en materia de Sostenibilidad, Medioambiente, Espacio Público y Mascotas.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materia de Sostenibilidad, Medioambiente, Espacio Público y Mascotas.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3869, DE 19 DE JUNIO DE 2023, CONCEJALA-DELEGADA EN MATERIA DE JUVENTUD E INFANCIA A D.a BEATRIZ MONTILLA FERNÁNDEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 43.3 del ROF, referente a la delegación genérica de atribuciones, el alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Comisión de Gobierno, y, donde ésta no exista, en los tenientes de alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera concejales, aunque no pertenecieran a aquella Comisión. Las delegaciones genéricas se referirán a una o varias áreas o materias determinadas, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Asimismo, el alcalde podrá efectuar delegaciones especiales en cualquier concejal para la dirección y gestión de asuntos determinados incluidos en las citadas áreas. En este caso, el concejal que ostente una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales con delegaciones especiales para cometidos específicos incluidos en su área.

Considerando lo señalado por el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Fuenlabrada, el alcalde podrá delegar mediante Decreto y en los términos previstos en la Ley de Bases de Régimen Local, el ejercicio de sus atribuciones que sean legalmente delegables en los concejales de la Corporación.

En virtud de lo anteriormente expuesto y conforme las facultades que me confiere la legislación vigente, resuelvo:

Primero.—Nombrar a doña Beatriz Montilla Fernández, como concejala-delegada en materias de Juventud e Infancia.

El desempeño de la presente delegación conllevará dedicación parcial en un porcentaje del 75 por 100.

Segundo.—Las competencias y atribuciones delegadas de forma genérica, serán las siguientes:

— La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes en materias de juventud e infancia.

— La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en materia de su competencia delegada.

— La facultad de resolver los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados en materia de su competencia.

Tercero.—La delegación comprende la totalidad de los actos precisos para el ejercicio de la competencia delegada, siendo revocable en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto.—La presente conlleva la custodia de aquellos datos de carácter personal que sean objeto de protección conforme a la normativa vigente en materia de Protección de Datos.

Quinto.—La presente delegación surtirá efecto desde la fecha de Resolución, sin perjuicio de su necesaria publicación y de la toma de conocimiento, en su caso, por los órganos delegados.

Sexto.—Notificar el presente Decreto al interesado/a.

Séptimo.—Publicar el presente Decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno Municipal”.

2. Presidentes de las Juntas de Distrito

DECRETO 2023/3873, DE 19 DE JUNIO DE 2023; PRESIDENTA DEL DISTRITO LORANCA, NUEVO VERSALLES Y PARQUE MIRAFLORES A D.a RAQUEL PÉREZ ESTÉBANEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento de funcionamiento de la Junta de Distrito de Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver:

Primero.—Nombrar a doña Raquel Pérez Estébanez como presidenta del Distrito Loranca, Nuevo Versalles y Parque Miraflores, con las competencias que para ello se regulan en sus propias Normas y por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada:

a) Dirigir el gobierno y administración del Distrito, representando al Ayuntamiento sin perjuicio de las facultades que correspondan al alcalde.

b) Convocar, presidir y dirigir las deliberaciones de las sesiones de la Junta Municipal, dirimiendo los empates con el voto de calidad.

c) Preparar el orden del día de las sesiones de la Junta, asistido por el Secretario/a del Pleno municipal o empleado público en quien delegue.

d) Ejecutar, hacer cumplir y supervisar la realización de los acuerdos adoptados por la Junta.

e) Velar por la conservación y buen uso de los inmuebles y demás bienes municipales adscritos al distrito.

f) Ejercer las funciones que le hayan sido atribuidas por los acuerdos de delegación del alcalde o de la Junta de Gobierno Local, además de aquellas que hayan sido expresamente atribuidas al Distrito dentro de las competencias del mismo.

Segundo.—La presente delegación conllevará dedicación exclusiva.

Tercero.—Notificar la presente Resolución al interesado/a.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3880, DE 19 DE JUNIO DE 2023, PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DISTRITO VIVERO-HOSPITAL-UNIVERSIDAD A D. RAÚL JUBÍN CUESTA

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en resolver:

Primero.—Nombrar como presidente de la Junta de Distrito Vivero-Hospital-Universidad con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a don Raúl Jubín Cuesta.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3876, DE 19 DE JUNIO DE 2023, PRESIDENTE DE LA JUNTA DE DISTRITO AVANZADA- LA CUEVA A D. ANTONIO GONZÁLEZ MOLDES

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como presidente de Distrito de la Avanzada-La Cueva con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a don Antonio González Moldes.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3875, DE 19 DE JUNIO DE 2023, PRESIDENTA DE LA JUNTA DE DISTRITO CENTRO-ARROYO- LA FUENTE A D.a CRISTINA MORA NEVADO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como presidenta de Distrito Centro-Arroyo-La Fuente con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a doña Cristina Mora Nevado.

Segundo.—Notificar la presente Resolución a la interesada.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno”.

DECRETO 2023/3881, DE 19 DE JUNIO DE 2023, PRESIDENTA DE LA JUNTA DE DISTRITO CERRO-EL MOLINO A D.a BEATRIZ MONTILLA FERNÁNDEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como presidenta del Distrito Cerro-El Molino con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a doña Beatriz Montilla Fernández.

Segundo.—Notificar la presente Resolución a la interesada.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno”.

DECRETO 2023/3884, DE 19 DE JUNIO DE 2023, PRESIDENTE DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO NARANJO-LA SERNA A D. RAÚL HERNÁNDEZ DELGADO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como presidente del Distrito Naranjo-La Serna con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a don Raúl Hernández Delgado.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3878, DE 19 DE JUNIO DE 2023, VICEPRESIDENTA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO VIVERO-HOSPITAL-UNIVERSIDAD A D.a LARA PAUL FERNÁNDEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidenta de la Junta de Distrito Vivero-Hospital-Universidad con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a doña Lara Paúl López.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3882, DE 19 DE JUNIO DE 2023, VICEPRESIDENTA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CENTRO-ARROYO-LA FUENTE A D.a ANA MARÍA PÉREZ SANTIAGO

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidenta de Distrito Centro-Arroyo-La Fuente con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a doña Ana María Pérez Santiago.

Segundo.—Notificar la presente Resolución a la interesada.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno”.

DECRETO 2023/3877, DE 19 DE JUNIO DE 2023, VICEPRESIDENTA DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CERRO- EL MOLINO A D.a SOLEDAD MARTÍN HERNÁNDEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidenta del Distrito Cerro-El Molino con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a doña Soledad Martín Hernández.

Segundo.—Notificar la presente Resolución a la interesada.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno”.

DECRETO 2023/3874, DE 19 DE JUNIO DE 2023, VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO LA AVANZADA-LA CUEVA A D. JUAN AGUSTÍN DOMÍNGUEZ SAN ANDRÉS

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidente de Distrito de la Avanzada-La Cueva con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a don Agustín Domínguez San Andrés.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

DECRETO 2023/3885, DE 19 DE JUNIO DE 2023, VICEPRESIDENTE DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO NARANJO-LA SERNA A D. ISIDORO ORTEGA LÓPEZ

“En Fuenlabrada, por don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, se procede a dictar el siguiente

DECRETO

Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que esta Alcaldía tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del gobierno municipal y conseguir mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas de Gobierno.

Considerando lo establecido por el artículo 128 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, por el que se prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deberán crear distritos, como divisiones territoriales propias, cuya presidencia corresponderá en todo caso a un concejal.

Considerando lo establecido por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, por el que se crean los distritos de Naranjo-La Serna, La Avanzada-La Cueva, Centro-Arroyo-La Fuente, Cerro-El Molino, Vivero-Hospital-Universidad y Loranca-Nuevo Versalles-Parque Miraflores.

Considerando que según establece el artículo 6 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el libre nombramiento del presidente de cada distrito que recaerá en un concejal.

Considerando que según establece el artículo 7 del Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada, corresponde al alcalde el nombramiento del vicepresidente de cada distrito que recaerá en un concejal, el cual sustituirá al presidente en lo supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento de éste, ostentando las facultades del mismo, así como las competencias delegadas por el alcalde-presidente.

Es por todo lo expuesto y conforme a la legislación vigente que vengo en, resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidente del Distrito Naranjo-La Serna con las competencias que para ello se regulan por el Reglamento Orgánico de las Normas Reguladoras de los Distritos de Fuenlabrada a don Isidoro Ortega López.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado.

Tercero.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta del mismo al Pleno”.

3. Nombramiento de los vicepresidentes de los organismos autónomos

DECRETO 2023/3891, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE LIMPIEZAS Y SERVICIOS DE FUENLABRADA A D. ISIDORO ORTEGA LÓPEZ

“Don Francisco Javier Ayala Ortega, presidente del Organismo Autónomo Instituto Municipal de Limpiezas y Servicios de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confieren los Estatutos de dicho organismo, dicto el siguiente

DECRETO

Resultando importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Considerando lo señalado por los Estatutos del organismo autónomo, en su artículo 8.1, corresponde al alcalde la Presidencia del Organismo y del Consejo Rector, atribuyéndole para ello unas funciones enumeradas en artículo 8.2 de los citados Estatutos.

Considerando que en virtud de lo establecido en el artículo 9 de los Estatutos, ostentará el cargo de vicepresidente el concejal que sea designado para tal cargo por el alcalde-presidente en su calidad de presidente de citado organismo.

Resultando que don Isidoro Ortega López es concejal de la actual Corporación Municipal.

Considerando lo señalado por el artículo 9 de los Estatutos, que establece que el vicepresidente sustituirá al presidente y asumirá sus atribuciones en los casos de vacante, urgencia, ausencia o enfermedad.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidente del Instituto Municipal de Limpiezas y Servicios de Fuenlabrada, al concejal miembro de la Corporación don Isidoro Ortega López.

Segundo.—Delegar en don Isidoro Ortega López, como vicepresidente del Instituto Municipal de Limpiezas y Servicios de Fuenlabrada, las facultades otorgadas por el artículo 8 de los Estatutos al presidente del Organismo.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado/a.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3890, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DE LA OFICINA TRIBUTARIA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A D. FRANCISCO MANUEL PALOMA GONZÁLEZ

“Don Francisco Javier Ayala Ortega, presidente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confieren los Estatutos de dicho organismo, dicto el siguiente

DECRETO

Resultando importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Considerando lo señalado por los Estatutos de la OTAF de Fuenlabrada en sus artículo 8 y 9, corresponde la Presidencia de la Oficina Tributaria al alcalde como presidente del Organismo y del Consejo Rector, y la vicepresidencia a un concejal miembro del Consejo Rector, siendo éste el concejal-delegado de Economía, Hacienda, Patrimonio y Administración Pública.

Considerando las facultades que le confieren los Estatutos en su artículo 8 al presidente, entre ellas ostentar la representación legal del Organismo

Considerando que en virtud de lo establecido en los artículos 2 y 9 de los Estatutos, el concejal-delegado de Economía, Hacienda y Patrimonio será el vicepresidente; y que según se dispone por Decreto de esta Alcaldía se nombra a don Francisco Manuel Paloma González como concejal-delegado en materia de Economía y Hacienda.

Estableciendo el mismo artículo que el vicepresidente sustituirá y asumirá las competencias del presidente en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, ejerciendo además las funciones que le delegue expresamente el presidente.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Delegar en Francisco Manuel Paloma González, concejal-delegado en materia de Economía y Hacienda y Administración Pública, la vicepresidencia de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo.—Delegar en Francisco Manuel Paloma González, concejal-delegado en materia de Economía y Hacienda, y en su calidad de vicepresidente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, las facultades otorgadas por el artículo 8 de los Estatutos al presidente del Organismo.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3886, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A D. RAÚL HERNÁNDEZ DELGADO

”Don Francisco Javier Ayala Ortega, presidente del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confieren los Estatutos de dicho organismo, dicto el siguiente

DECRETO

Resultando importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Considerando lo señalado por los Estatutos del Patronato Municipal de Cultura de Fuenlabrada en su artículo 8.1, corresponde al alcalde la Presidencia del Organismo y del Consejo Rector, atribuyéndole para ello unas funciones enumeradas en artículo 8.2 de los citados Estatutos.

Considerando que en virtud de lo establecido en el artículo 9 de los Estatutos, ostentará el cargo de vicepresidente el concejal que sea designado para tal cargo por el alcalde-presidente en su calidad de presidente del Patronato.

Resultando que don Raúl Hernández Delgado es concejal-delegado en materia de Cultura de la actual Corporación Municipal.

Considerando lo señalado por el artículo 9 de los Estatutos, que establece que el vicepresidente sustituirá al presidente y asumirá sus atribuciones en los casos de vacante, urgencia, ausencia o enfermedad.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidente del Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Fuenlabrada, al concejal miembro de la Corporación y delegado de cultura, don Raúl Hernández Delgado.

Segundo.—Delegar en don Raúl Hernández Delgado, como vicepresidente Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Fuenlabrada, las facultades otorgadas por el artículo 8 de los Estatutos al presidente del Organismo.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado/a.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3894, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A D. JUAN AGUSTÍN DOMÍNGUEZ SAN ANDRÉS

”Don Francisco Javier Ayala Ortega, presidente del Organismo Autónomo Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confieren los Estatutos de dicho organismo, dicto el siguiente

DECRETO

Resultando importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Considerando lo señalado por los Estatutos del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada en su artículo 8.1, corresponde al alcalde la Presidencia del Organismo y del Consejo Rector, atribuyéndole para ello unas funciones enumeradas en artículo 8.2 de los citados Estatutos.

Considerando que en virtud de lo establecido en el artículo 9 de los Estatutos, ostentará el cargo de vicepresidente el concejal que sea designado para tal cargo por el alcalde-presidente en su calidad de presidente del Patronato.

Resultando que don Juan Agustín Domínguez San Andrés es concejal de la actual Corporación Municipal en materia de promoción del deporte y vida saludable.

Considerando lo señalado por el artículo 9 de los Estatutos, que establece que el vicepresidente sustituirá al presidente y asumirá sus atribuciones en los casos de vacante, urgencia, ausencia o enfermedad.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Fuenlabrada, al concejal miembro de la Corporación, don Juan Agustín Domínguez San Andrés.

Segundo.—Delegar en don Juan Agustín Domínguez San Andrés, como vicepresidente Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Fuenlabrada, las facultades otorgadas por el artículo 8 de los Estatutos al presidente del Organismo.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado/a.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.

DECRETO 2023/3892, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTA DEL CENTRO DE INICIATIVAS PARA LA FORMACIÓN Y EL EMPLEO DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A D.a SOLEDAD MARTÍN HERNÁNDEZ

“Don Francisco Javier Ayala Ortega, presidente del Organismo Autónomo Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confieren los Estatutos de dicho organismo, dicto el siguiente

DECRETO

Resultando importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Considerando lo señalado por los Estatutos del CIFE en su artículo 8.1, corresponde al alcalde la Presidencia del Organismo y del Consejo Rector, atribuyéndole para ello unas funciones enumeradas en artículo 8.2 de los citados Estatutos.

Considerando que en virtud de lo establecido en el artículo 9 de los Estatutos, ostentará el cargo de vicepresidente el concejal que sea designado para tal cargo por el alcalde-presidente en su calidad de presidente del CIFE.

Resultando que doña Soledad Martín Hernández es concejala de la actual Corporación Municipal.

Considerando lo señalado por el artículo 9 de los Estatutos, que establece que el vicepresidente sustituirá al presidente y asumirá sus atribuciones en los casos de vacante, urgencia, ausencia o enfermedad.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar como vicepresidenta del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, a la concejala miembro de la Corporación, doña Soledad Martín Hernández.

Segundo.—Delegar en doña Soledad Martín Hernández, como vicepresidenta del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo del Ayuntamiento de Fuenlabrada, las facultades otorgadas por el artículo 8 de los Estatutos al presidente del Organismo.

Tercero.—Notificar la presente resolución al interesado/a.

Cuarto.—Publicar la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta de la misma al Pleno Municipal”.

4. Otras delegaciones

DECRETO 2023/3893, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DEL PLENARIO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD DE FUENLABRADA A D.a MÓNICA SEBASTIÁN PÉREZ

«Don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente dicto el siguiente

DECRETO

Resultando que siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Resultando que en virtud de Decreto de esta Alcaldía-Presidencia se ha nombrado a doña Mónica Sebastián Pérez como concejala delegada responsable de la planificación y coordinación del Área de Ciudad Viva del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Considerando que según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento regulador del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, el Plenario:

“Está formado por la totalidad de las personas que componen el Consejo que tienen derecho a voz y voto en las sesiones: representantes de las entidades y movimientos sociales, los sectores económicos y empresariales, las asociaciones vecinales, el sector universitario, los grupos políticos municipales, los sindicatos y distintos agentes, instituciones y Consejos sectoriales, forman parte del Plenario de Consejo con el objetivo de que toda la ciudad se sienta debidamente representada.

Estará compuesto de la siguiente forma:

— Presidente.

— Vicepresidente.

— Un representante de cada grupo político municipal”.

Considerando que según establece el artículo 12 del Reglamento Orgánico del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada, la vicepresidencia del Plenario “corresponderá al miembro de la Corporación Municipal que designe la Alcaldía de entre los/las concejales/as que formen parte del Equipo de Gobierno. En caso de ausencia de la Presidencia, será la vicepresidencia quien realizará sus funciones”.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar a doña Mónica Sebastián Pérez como concejala delegada responsable de la planificación y coordinación del Área de Ciudad Viva, vicepresidenta del Plenario del Consejo Social de la Ciudad de Fuenlabrada.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado y dar cuenta al Pleno de la misma».

DECRETO 2023/3889, DE 21 DE JUNIO DE 2023, NOMBRAMIENTO COMO VICEPRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA A D. ISIDORO ORTEGA LÓPEZ

«Don Francisco Javier Ayala Ortega, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente dicto el siguiente

DECRETO

Resultando que siendo importante el volumen de trabajo que conlleva la gestión municipal y para que ésta resulte eficaz para la resolución de los problemas de los ciudadanos de esta localidad, a través de un Ayuntamiento cercano a los intereses y demandas legítimas que beneficien al conjunto de la ciudadanía.

Resultando que en virtud de Decreto de esta Alcaldía-Presidencia, se ha nombrado a don Isidoro Ortega López como concejal-delegado en materia de Educación, Régimen Interior y Gobierno Abierto.

Considerando que según lo establecido por el artículo 1 del Reglamento Orgánico regulador de la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada:

“1. Para la defensa de los derechos de los ciudadanos, el Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada crea la Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones que estará compuesta de la siguiente forma:

— Presidencia.

— Vicepresidencia.

— Nueve concejales en representación de todos los Grupos Municipales presentes en el mismo de forma proporcional a su composición.

La Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones corresponde al alcalde/sa, quién podrá delegarla en un concejal/a.

2. La vicepresidencia recaerá en uno de los concejales/as del Equipo de Gobierno designados a tal efecto por el alcalde/sa.

3. Será secretario/a de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones el Secretario/a General del Pleno, quién podrá delegar”.

Por todo lo anterior y en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, vengo en resolver:

Primero.—Nombrar a don Isidoro Ortega López, vicepresidente de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado, dando cuenta de la misma al Pleno municipal».

Lo que se publica para general conocimiento.

Fuenlabrada, a 23 de junio de 2023.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Eulalio Ávila Cano.

(03/11.183/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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