Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2023

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231205-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDO DE CHAVELA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

74
Robledo de Chavela. Organización y funcionamiento. Composición Junta Gobierno Local

Visto que en fecha 5 de julio de 2023 se adoptó, por Acuerdo del Pleno, la constitución de la Junta de Gobierno Local, que deberá asistir permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el alcalde o el Pleno.

Tras la moción de censura celebrada el pasado lunes 13 de noviembre de 2023, siendo elegido alcalde-presidente D. Fernando Casado Quijada, formando un nuevo equipo de gobierno municipal.

Visto que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 43, 46 y 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vayan a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros.

Por todo ello, esta Alcaldía, resuelve:

Primero.—Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes concejales:

— D.a María José Quijada Rivero.

— D. Alejandro Velayos Casas.

— D.a Carmen Ortiz Ibáñez.

Segundo.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

— Las señaladas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y el ejercicio de atribuciones contempladas en el párrafo j y la especifica atribución de solicitar subvenciones y justificar subvenciones siempre que por el importe de su cuantía no sea competencia específica del Pleno.

Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá que mantener informado del ejercicio de la delegación.

Tercero.—Comunicar esta resolución a todos los concejales afectados para su conocimiento y efectos.

Cuarto.—Publicar esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Quinto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre.

Lo manda y firma el Sr. alcalde, en el lugar y fecha en la cabecera reseñados.

Robledo de Chavela, a 22 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Fernando Casado Quijada.

(03/19.586/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231205-74