Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 34

Fecha del Boletín 
09-02-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240209-6

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN complementaria de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente al proceso para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C) de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 1177/2019, de 10 de abril, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 98, de 26 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador, Educación Infantil (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 81, de 5 de abril), y Resolución de 19 de julio de 2023, por la que se resuelve el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destino, en los términos que se indica seguidamente, a la persona que ha superado el citado proceso selectivo y que se relaciona en el anexo que se publica con la presente resolución.

Segundo

Por la unidad responsable de personal de la correspondiente Consejería u Organismo Autónomo, se procederá a la formalización del contrato con la persona interesada, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

A tal efecto, la persona aspirante relacionada en el mencionado Anexo deberá personarse en el plazo señalado, en la unidad de personal correspondiente en virtud del puesto que le hubiera sido adjudicado, en el horario especificado en dicho Anexo, debiendo ir provista de su DNI, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de los datos bancarios correspondientes.

La presente resolución tendrá efectos, con carácter general, el día 15 de febrero de 2024, si bien, en el supuesto de que la persona interesada se encontrase en situación que pudiera dar lugar a la suspensión de la relación laboral, la eficacia de esta resolución se producirá en el momento de su efectiva incorporación al puesto de trabajo.

Tercero

Contra la presente resolución las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre. a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de enero de 2024.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/1.594/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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