Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
11-07-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240711-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CADALSO DE LOS VIDRIOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Cadalso de los Vidrios. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos.

Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad, expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal Reguladora de la tasa por expedición de documentos que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en la Sede Electrónica de esta entidad https://sedecadalso.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon/wfrTablon....

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Cadalso de los Vidrios, a 2 de julio de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.

(03/10.727/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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