Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 188

Fecha del Boletín 
08-08-2024

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240808-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la federación sindical denominada Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid-FEUSO Madrid (número de depósito: 28000338).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D.a María Luisa Madrid Mateo, en representación de la federación sindical denominada Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid-FEUSO Madrid, y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Que la citada Federación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000274 en esta Oficina de Depósito de Estatutos de 11 de julio de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha de 15 de julio de 2024 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el 17 de julio de 2024.

Se adjunta acta de la reunión del VII Congreso celebrado el 25 de junio de 2024, en el que se adoptó el acuerdo de modificación de los estatutos de la federación. Se adjunta, asimismo, el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.

En particular, se modifican los artículos 2; 4; 5; 7; 15; 16; 18; 19; 20; 22; 23; 24; 26 y 36, y se añaden nuevos títulos en el capítulo IV.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.

Segundo

Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de Libertad Sindical, y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo

ACUERDA

El depósito de la modificación del texto de la federación sindical Federación de Enseñanza de la Unión Sindical Obrera de Madrid-FEUSO Madrid; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011).

Madrid, a 19 de julio de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/12.325/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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