Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2024

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240809-27

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ORDEN de 26 de julio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se rectifica un error material detectado en el Anexo I de la Orden de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para la selección de los Grupos de Acción Local (GAL) y sus estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027.

La Orden de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para la selección de los Grupos de Acción Local (GAL) y sus estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027 fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 28 de junio de 2024.

Advertido error en los datos de la columna relativa al “PIB municipal per cápita en euros (4)”, en la denominación oficial de algunos municipios del Anexo I, “Selección de los Grupos de Acción Local (GAL) y sus Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP). Zonas Leader de la Comunidad de Madrid”, de la mencionada Orden, dado que no se corresponden con la fuente de los datos indicada y en las referencias a las diferentes fuentes de los datos, procede su rectificación de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se señala que “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

La competencia para la revisión de los errores materiales, de hecho o aritméticos, corresponde al propio órgano que haya dictado el acto, en los términos previstos en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Por todo lo anteriormente expuesto,

DISPONGO

Primero

Rectificación del error

Rectificar el error material apreciado en el Anexo I de la Orden de 24 de junio de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, para la selección de los Grupos de Acción Local (GAL) y sus estrategias de desarrollo local participativo en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria (PEPAC) 2023-2027 publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 28 de junio de 2024, y, por tanto:







Segundo

Publicación

Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de julio de 2024.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/12.605/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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