Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
09-08-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240809-79

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

79
Cercedilla. Régimen económico. Padrones fiscales

Habiendo sido aprobados por decreto de Alcaldía el 16 de julio de 2024, se encuentran expuestos al público, en las oficinas de este Ayuntamiento, los padrones cobratorios de:

— Tasa de basura ejercicio 2024.

— Tasa de reserva entrada de vehículos (vados) ejercicio 2024.

— Impuesto de actividades económicas ejercicio 2024.

— Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica ejercicio 2024.

El plazo de exposición será de veinte hábiles desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

Comenzará el inicio de pago en período voluntario el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive. Los recibos se encontrarán al cobro, en período voluntario, en cualquier oficina bancaria de las siguientes entidades: BBVA, Santander y en la sede electrónica www.cercedilla.es y en las oficinas de Correos mediante el pago de la contraprestación exigida por esa empresa por prestar el servicio.

Se advierte expresamente que la no recepción del recibo o recibos no exime de la obligación del pago de los mismos.

Transcurrido el plazo de pago en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo del recargo correspondiente, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Contra los datos del padrón expuesto, podrá interponerse recurso de reposición o cualquier otro que se estime conveniente ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a partir del día inmediato siguiente al del término del período de exposición del mismo.

Cercedilla, a 31 de julio de 2024.—El alcalde, David José Martín Molpeceres.

(01/12.741/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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