Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2024

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240822-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MECO

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Meco. Régimen económico. Padrón fiscal

Anuncio de exposición al público del padrón del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2024 y período cobratorio.

Por decreto de Alcaldía 1688/2023, de 9 de agosto, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2024, y el período cobratorio.

Queda expuesto al público en la Recaudación de este Ayuntamiento durante el plazo de un mes a contar desde el día de inicio del período cobratorio, y será publicado en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Meco, durante el mismo plazo.

Recursos: contra el acto de aprobación del padrón podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública.

Período cobratorio voluntario: desde el día 2 de septiembre hasta el día 4 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

Lugar de pago: en las oficinas de Ibercaja, Caixabank, Eurocaja Rural, Banco Santander, Banco Sabadell, Caja Rural de Soria y BBVA, en los días y horarios establecidos por cada entidad, en el Departamento de Recaudación Municipal, según el calendario de días hábiles, en horario de 9 a 14 horas, y en la Carpeta Tributaria del Ayuntamiento de Meco.

Procedimiento de apremio: el procedimiento de apremio de las deudas se iniciará, cuando vencidos los anteriores plazos, no se hubiese satisfecho la deuda, que devengará los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

En la Villa de Meco, a 9 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.

(01/13.237/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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