Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
10-09-2024

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240910-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SOTO DEL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Soto del Real. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto legal, y artículo 20.3, en relación con el artículo 38.2, del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

Se hace público, para general conocimiento, que esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de julio de 2024, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de crédito 7/2024, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería, para gastos con financiación afectada, con el siguiente resumen por capítulos:

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales, en los siguientes términos:

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

En Soto del Real, a 30 de agosto de 2024.—La alcaldesa en funciones, Sara Gutiérrez Riestra.—El secretario, Fernando Pérez Urizarna.

(03/13.999/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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