Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241001-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GARGANTA DE LOS MONTES

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
Garganta de los Montes. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Habiéndose aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 17 de septiembre de 2024, el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

«Artículo 5:

— Gozarán de una bonificación del 100 por 100 sobre la cuota del impuesto los vehículos catalogados y matriculados como históricos.

— Se concede una bonificación del 50 % de la cuota íntegra del impuesto, a contar desde el ejercicio siguiente al de su matriculación, a los vehículos con distintivo medioambiental “ECO” y “cero emisiones” en la DGT.

Los interesados deberán presentar la oportuna solicitud de bonificación ante el Ayuntamiento. Dicha solicitud surtirá efectos a partir del período impositivo siguiente a su presentación en el Ayuntamiento y tendrá una duración máxima de cuatro años.

Será requisito para su aplicación y mantenimiento que el sujeto pasivo no tenga deuda pendiente incluida en expediente de apremio ante el Ayuntamiento de Garganta de los Montes.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan sin efecto las bonificaciones otorgadas a los diferentes vehículos que no cumplan los requisitos del artículo 5».

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Garganta de los Montes, a 19 de septiembre de 2024.—El alcalde, Rafael Pastor Martín.

(03/15.117/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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