Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241007-68

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Getafe. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El artículo 4 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Getafe establece que el Pleno será presidido y convocado por la alcaldesa, indicando a continuación que dicho órgano de gobierno podrá delegar la convocatoria y la presidencia del Pleno en uno de los concejales del Equipo de Gobierno Municipal o del resto de concejales que conforman la Corporación Municipal.

En uso de esas facultades, y en virtud de lo establecido en el artículo 39 del referido Reglamento, dispongo:

Primero.—Delegar la Presidencia de la sesión extraordinaria del Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2024, sobre el estado de la ciudad de Getafe, en D.a M.a Teresa Mellado Suela, primera teniente de la alcaldesa.

Segundo.—De conformidad con lo dispuesto en el último precepto citado, esta delegación será revocable en cualquier momento por esta alcaldesa-presidenta.

El presente decreto surtirá efectos desde el momento de su firma, debiéndose dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, debiéndose de publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo manda y firma la alcaldesa, de todo lo cual, como jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno en funciones, doy fe.

Getafe, a 23 de septiembre de 2024.—La alcaldesa, Sara Hernández.—El secretario general del Pleno, en funciones de jefe de la Oficina de la Junta de Gobierno, suplente por resolución de 15 de febrero de 2024 del concejal-delegado de Hacienda y Seguridad Ciudadana (firmado).

(03/15.447/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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