Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 245

Fecha del Boletín 
14-10-2024

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241014-24

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1787/2024, de 4 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se revocan subvenciones concedidas en virtud de la Orden 1602/2024, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2024.

Mediante Orden 465/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional. La Orden 240/2024, de 8 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, aprobó la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2024.

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de Deporte, correspondiendo a su titular, entre otras, las competencias relativas al desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Deporte, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.

Por otro lado, el artículo 11.f) del citado Decreto atribuye a la Dirección General de Deportes la competencia para proponer la concesión de subvenciones y ayudas públicas a los deportistas y, en su caso, a técnicos deportivos o a otros colectivos del ámbito del deporte, y a las federaciones, clubes, asociaciones y demás entidades deportivas, en el ámbito material de competencias de la Dirección General.

Una de las manifestaciones clásicas de la actividad de fomento es la concesión de subvenciones que, en este caso, se configura como un instrumento básico de apoyo para los clubes deportivos madrileños. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone que el órgano competente para conceder subvenciones son los consejeros en el ámbito de la consejería correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes de ella.

El apartado quinto de la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, la firma de convenios y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones, prevé la delegación en el titular de la Dirección General la revocación de subvenciones, cuando el importe de las mismas no supere los 150.000 euros.

Por Orden 1602/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2024.

Con posterioridad a la concesión, ha habido dos entidades que no han justificado la ayuda concedida en la forma prevista en el artículo 9.2 de la Orden 465/2022 y en el dispongo 8.2 de la Orden 240/2024, porque no siguen manteniendo al equipo en competición federada e inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, debiendo procederse por lo tanto a la revocación de las mismas.

Por lo anterior, y en base a las competencias que tengo atribuidas y a lo dispuesto en la normativa citada,

DISPONGO

Revocar las siguientes subvenciones concedidas por Orden 1602/2024, de 3 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional para el año 2024, con cargo al subconcepto 48099 del programa 336A de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2024, a las entidades relacionadas a continuación, al haber sido presentados los certificados de justificación negativos por las federaciones correspondientes, no cumpliendo por tanto los requisitos establecidos para la justificación de la ayuda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.4 y 10.1 de la Orden 465/2022, de 6 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a clubes deportivos madrileños por la participación de sus equipos en las máximas categorías y niveles de competiciones oficiales de ámbito nacional o internacional, de carácter no profesional y el apartado 8.4 de la Orden 240/2024, de 8 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2024:

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

En Madrid, a 4 de octubre de 2024.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1381/2021, de 16 de noviembre), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/16.272/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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