Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2024

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241018-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1851/2024, de 15 de octubre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2403/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2024.

La Orden 2403/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2024 prevé en su dispongo noveno apartado 7 que el plazo de resolución del procedimiento de concesión será de seis meses a contar desde el último día de plazo para la presentación de solicitudes.

La citada Orden 2403/2023 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día 1 de febrero de 2024, por lo que el plazo máximo para presentar solicitudes finalizó el 22 de febrero de 2024.

En la tramitación de esta subvención concurren circunstancias extraordinarias derivadas de la gran complejidad y del gran número de solicitudes recibidas, que presentan las entidades en su solicitud de subvención, teniendo que comprobar que reúnen todos los requisitos establecidos en la convocatoria y la evaluación de los proyectos, resultando imposible garantizar el cumplimiento del plazo máximo de resolución fijado en la misma.

Debido a la complejidad especial de la tramitación, mediante la Orden 908/2024, de 26 de junio, se procedió a ampliar el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la Orden 2403/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2024. La citada Orden 908/2024, de 26 de junio, establecía el plazo máximo de resolución el 22 de octubre de 2024.

El alto número de solicitudes recibidas, el gran número de requerimientos, así como las acciones de mejora implementadas una vez iniciado el procedimiento han provocado un excepcional retraso en la resolución de estas ayudas.

Por todo lo anteriormente expuesto y atendiendo a los plazos que existen en el procedimiento, se hace necesario acordar una nueva ampliación del plazo máximo de resolución y notificación del mismo.

Por su parte, el artículo 23.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano competente para resolver, a propuesta, en su caso, del órgano instructor o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser este superior al establecido para la tramitación del procedimiento; así como que contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.

Vistos los preceptos legales citados y demás normativa de pertinente aplicación,

DISPONGO

Artículo 1

Ampliación del plazo máximo para resolver y notificar los procedimientos de concesión o denegación de subvenciones a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2024

Se amplía, en un mes, el plazo máximo para resolver establecido en el dispongo noveno apartado 7 de la 2403/2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones destinadas a empresas audiovisuales para el desarrollo de proyectos audiovisuales en la Comunidad de Madrid en 2024, modificada por la Orden 908/2024, de 26 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en la citada Orden 2403/2023, de 27 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de manera que la nueva fecha de finalización del plazo máximo para resolver será el 22 de noviembre de 2024.

Artículo 2

Entrada en vigor

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 15 de octubre de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

(03/16.818/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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