Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
24-10-2024

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241024-45

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, para la incoación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid de la Jota en la Comunidad de Madrid.

El artículo 18 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, dispone, con relación al procedimiento de declaración de Bienes de Interés Cultural y de Bienes de Interés Patrimonial, que el expediente se incoará siempre de oficio mediante resolución motivada del titular de la dirección general competente en materia de patrimonio cultural, por iniciativa propia, de otra Administración Pública o a petición de cualquier persona física o jurídica.

Vista la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español; considerando que la Jota en la Comunidad de Madrid es un género tradicional de música, cante y baile, conservado y animado por sus comunidades portadoras, que se interpreta y ejecuta tanto en el entorno escénico como en el tradicional y forma parte del acervo cultural de numerosas localidades de la región; de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 12, 18 y concordantes de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 5.2.b) del Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre de 2023),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid de la Jota en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la descripción, definición y justificación de los valores significativos que motivan su declaración y delimitación del área territorial en que se manifiesta, que figuran en el Anexo adjunto.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de la Historia, a la Universidad Nacional de Educación a Distancia y a la Universidad Complutense de Madrid que, de conformidad con el artículo 20.3 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, de no ser emitido en el plazo de dos meses desde su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que cuantas personas físicas o jurídicas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español (calle Arenal, n.o 18, 28013 de Madrid) y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Cuarto

Asimismo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación se deberá dar audiencia al Consejo Regional de Patrimonio Cultural.

Quinto

Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, con indicación del plazo máximo para resolver.

Sexto

Ordenar que la presente Resolución se comunique al Ministerio de Cultura, para su inscripción en el Registro General de Bienes de Interés Cultural y que se proceda a su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid y en el Catálogo de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a los efectos procedentes.

En Madrid, a 9 de octubre de 2024.—El Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.

ANEXO

A. DESCRIPCIÓN DEL BIEN OBJETO DE LA DECLARACIÓN

A.1. Identificación del objeto de la declaración. Denominación.

El bien inmaterial objeto de declaración es la Jota en la Comunidad de Madrid. Se trata de un género musical tradicional, con patrón musical genérico ternario, que puede interpretarse de manera instrumental, con cante y con baile. La Jota en la Comunidad de Madrid presenta diferentes nombres y muestra diferentes variaciones en función de la localidad en la que se desarrolla o la ocasión en la que se interpreta, por ejemplo: rondón jota (en la sierra oeste de Madrid), jota serrana (vertiente sur de la sierra de Guadarrama) o jotas barranqueras (de Colmenar de Oreja).

El Real Decreto 600/2023, de 4 de julio, declaró la Jota como género tradicional Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, al considerarla el género musical “más extendido, diverso, dinamizado y reinterpretado de todos los que componen el variado mapa sonoro y musical de España”. Esta realidad ha animado al Ministerio de Cultura a presentar ante la UNESCO la Candidatura de la Jota a la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, candidatura en la que ha participado la Comunidad de Madrid.

También en muestra comunidad autónoma las comunidades portadoras reconocen la Jota como el género musical tradicional más extendido por su territorio. Como patrimonio inmaterial, se encuadra dentro de las siguientes categorías establecidas en el artículo 17 de la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid para los bienes culturales inmateriales: “las tradiciones y expresiones orales”, “las artes del espectáculo, en especial la danza y la música”, “los usos sociales, rituales, ceremonias y actos festivos”, “las manifestaciones de religiosidad popular” y “las formas de socialización colectiva y organizaciones”.

A.2. Delimitación del área territorial en la que se manifiesta el hecho cultural. Localización.

La Jota como género musical se desarrolla en toda la Comunidad de Madrid, con menos incidencia en la ciudad de Madrid y su cinturón metropolitano.

A.3. Introducción histórica.

La primera aparición documental referida a la Jota en Madrid se refleja en una fuente musical culta y manuscrita, el llamado Libro de diferentes cifras de guitarra escojidas de los mejores autores, fechado en 1709; la obra incluye un apartado para rasgueados de guitarra y entre ellos se encuentra uno referido al término y estructura básica rítmico-armónica de la jota. Prácticamente tres décadas más tarde, alrededor de 1737 se publica el Código Saldívar; en él, el músico madrileño Santiago de Murcia, maestro de guitarra de la ya fallecida Luisa Gabriela de Saboya, compone (y/o transcribe) para guitarra una serie de piezas, entre las cuales inserta la tablatura de una “Jotta”. En 1760 vio la luz un manual técnico básico de enseñanza a distancia para músicos principiantes titulado Arte para aprender con facilidad, y sin Maestro, a templar y tañer rasgado la guitarra, de cinco órdenes o cuerdas, y también la de cuatro o seis órdenes, llamada “guitarra española, bandurria y vándola”, y también el tiple; su autor, Andrés de Sotos, indicaba que “se puede con estos puntos formar villanos, canarios, folias, gallardas, italianas, pasa-pies, paseos, pavanas, tonadillas, amables, seguidillas, jotas y contradanzas de todas clases”. En 1761 se publica el sainete La junta de los payos, de Don Ramón de la Cruz; el autor, defensor de la cultura patria frente a las imposiciones del cultismo ilustrado de su época, incluye en la representación una jota. En 1774, el impresor Pablo Minguet e Yrol incluye la llamada “Jota por el cruzado” en la obra Reglas y advertencias generales para tañer la guitarra, tiple y vándola, con variedad de sones, danzas y otras cosas semejantes […].

Todo ello nos hace ver que, ya en el siglo XVIII, la Jota era una forma musical presente en la sociedad de la época.

Durante el siglo XIX, la Jota constituyó un género coreomusical ampliamente difundido como música para aficionados, bien para guitarra, continuando con la tradición anterior, bien en forma de transcripción para piano y voz a partir del repertorio zarzuelístico. La mayoría de los métodos y recopilaciones impresos en Madrid incluyen una “jota” como denominación genérica o, en el caso de recopilaciones pianísticas, “jota aragonesa” o “jota valenciana”. Entre ellos podemos señalar el Nuevo método elemental de Cifra, para aprender a tocar por sí solo la guitarra, con los últimos adelantos hechos en este sistema, obra de Matías de Jorge Rubio publicada en 1860, que contiene un “Modo práctico para aprender el rasgueo de la guitarra. Contiene jota y fandango de rasgueo sencillo y doble”, o La música del pueblo. Colección de cantos españoles para piano, recopilados por Lázaro Núñez Robres y publicados en 1866, que incluye varias jotas.

La popularidad de la Jota en el ámbito tradicional y festivo de Madrid fue creciendo a lo largo del siglo XIX. El Romanticismo imperante en la época y el creciente gusto por los viajes, por conocer nuevos países y apreciar sus manifestaciones más pintorescas dejó su impronta en cartas y en los libros de viaje de la época. Así, encontramos referencias a la jota de Madrid en escritos de viajeros ilustres: en 1845, el músico austriaco Franz Liszt, de viaje por España y Portugal, escribía a una amiga: “En Madrid […] hay bandas de ciegos que tocan fandangos, boleros y jotas, ¡con modulaciones que le causarían a usted un entusiasmo sin igual!”; en 1874, el francés Charles Davillier, de viaje por España acompañado de Gustavo Doré, describe las fiestas de san Isidro en Madrid, destacando que, en ellas, “en cuanto a la música, se compone principalmente de jotas y algunos cantos madrileños que se cantan con acompañamiento de guitarra y bandurria”. La popularización de la Jota y su reconocimiento como género tradicional hizo que sus acordes, sobre todo los de la jota aragonesa y valenciana, pasaran a los salones de música españoles y europeos.

A lo largo del siglo XIX y con continuidad en el XX, la Jota entró a formar parte de los repertorios de las escuelas de danza, así como de las colecciones de cantos y bailes para piano, siendo esto reflejo de las prácticas musicales afincadas tanto en la burguesía como en la aristocracia, relacionadas con la “música de salón”.

Su aceptación creciente como baile tradicional animó también a su inserción en el ámbito escénico. Desde los últimos años del reinado de Fernando VII la Jota sube a los escenarios de Madrid, bien inserta en el teatro breve ilustrado, en sainetes, entremeses y, más adelante, zarzuelas, bien como género independiente. En este último caso, se incluía dentro de los espectáculos y representaciones de danza española, en los que se bailaba sobre todo jota aragonesa o valenciana.

En el siglo XX la Jota convivía en las fiestas y festejos con los “bailes agarraos”, por lo que su interés fue decayendo. Tras la guerra civil y durante la dictadura, la Sección Femenina de la FET y de las JONS realizó un importante trabajo de recopilación y enseñanza de bailes y canciones populares; este trabajo impulsó la salvaguardia de la Jota y otros géneros de música tradicional, pero los relegó al ámbito del folclorismo. La Jota fue perdiendo su presencia como cultura tradicional local, y se alimentó un proceso de decadencia que ya se había iniciado con el éxodo a las grandes ciudades.

En la actualidad, los estudiosos de la música tradicional, los diferentes grupos de música folk, las asociaciones de coros y danzas y los grupos de acción local están procurando la recuperación de este género tradicional, programando espectáculos, cursos y jornadas de convivencia con las que se pretende ahondar en el conocimiento y difusión de las costumbre y formas de expresión popular de cada zona. En este punto, la Jota se convierte en el motor de esta expresión popular y empieza a conseguir la atención de los más jóvenes.

A.4. Descripción y tipología de la manifestación.

La Jota es un género musical tradicional que se puede interpretar con toque, cante y/o baile.

En la Comunidad de Madrid, la Jota es interpretada por rondas, rondallas, peñas, grupos folclóricos, asociaciones o bandas de música. Su ritmo musical es el genérico de la jota, compás ternario (3/4, 6/8 o 3/8 en versiones de zarzuelas), organizada en dos o tres partes: estribillo, estrofa y, en su caso, espuela (otras denominaciones podrían ser copla y estribillo). Se interpreta con instrumentos de cuerda (guitarra, bandurria, laúd, guitarrico, rabel); de viento (gaita serrana, dulzaina, pito castellano, flauta), o percusión (castañuelas, pandera, almirez, arrabel, zambomba). La música proporciona ritmo, velocidad y acentuación al baile, al tiempo que facilita la función de la voz como soporte melódico.

Las jotas son cantadas por uno o varios de los miembros del grupo musical. Normalmente un solista canta la copla mientras en el estribillo pueden juntarse el resto de voces (así lo hacen, por ejemplo, las peñas de jotas de San Lorenzo).

Como expresión tradicional, incardinada con la realidad social, los ciclos de la vida y sus momentos festivos, las letras de las jotas se relacionan con las actividades productivas propias de la zona en que se crea, con la religiosidad popular, el medioambiente en que se desarrolla y, en general, con la sociedad que las trasmite, convirtiéndose así en un acervo común que deriva en cohesión social. La sencillez y facilidad de las estructuras musicales ha permitido acoplar a ellas muy variadas letras, de diversas temáticas, en las que se refleja la sociedad de cada momento. Las jotas pueden ser “picantes”, satíricas, críticas, de amor, humorísticas, etc., y su interrelación con la historia y circunstancias sociales, económicas o políticas de cada momento hacen de ella un género muy dinámico, en constante evolución.

En cuanto al baile, se considera como tal la expresión corporal, espontánea y personal de la jota tradicional, mientras que danza es la representación coreográfica organizada, que suele responder a una actividad religiosa, ritual o espectacular concreta.

En la Comunidad de Madrid la jota es un baile en pareja (tradicionalmente mixta), que comparte un espacio circular. La organización de las diferentes parejas puede ser en línea o en corro. Por su origen castellano, la Jota de la Comunidad de Madrid se caracteriza por un impulso sonoro prácticamente carente de salto vertical intenso, resultando un baile más sobrio y menos airoso. En la parte de copla el salto se sustituye por un acto de “suspensión” del peso de duración media-mínima al que se añade, a veces, un paso de tacón punta y al aire; en el estribillo, normalmente el movimiento se refleja en unidades articulares sencillas, llamadas por algunos pasos menudos, ejecutadas con poca intensidad de esfuerzo, flujo semicontinuo y facilidad para la traslación espacial. Se baila normalmente con los brazos en alto, hacia delante, a la altura de la cabeza, acompañados o no por castañuelas y pitos. En la mayoría de los casos es baile sin mudanza, aunque a veces hay variaciones o cambios de pareja. Debido a la confluencia de rasgos de diversas regiones, el estilo de baile varía un poco en función de las comarcas de Madrid, pues mientras en el sur abunda el regusto por lo acrobático y movimientos más enérgicos, en la zona de la sierra, por ejemplo, el baile suele ser más asentado, con movimientos cortos y postura sosegada.

Con la excepción de la capital, donde su presencia es escasa, la Jota está presente en la mayor parte de los municipios madrileños, donde es percibida como la música tradicional más representativa, habiendo desplazado a bailes más antiguos como la seguidilla y el rondón. Tradicionalmente estaba presente en diferentes actos sociales como bodas, actos religiosos como las romerías, o como parte de rituales como los mayos o las rondas de mozos y quintos, incluso como cantos de labor y oficios. Es precisamente en las localidades rurales de la comunidad autónoma donde más interés despierta la conservación y aprendizaje de la Jota.

La Jota es fundamentalmente un género musical festivo y un baile lúdico y desinhibido; tiene un indudable carácter aglutinador, pues arrastra al público de diferentes generaciones a participar en la diversión.

A.5. Marco temporal y espacial.

Como se ha dicho, la Jota es una forma de expresión tradicional. Como tal, se incardina con los ciclos de la vida de las comunidades en que se muestra y con los ritos asociados a los mismos, así como con los lugares en los que estos se desarrollan. Este es, fundamentalmente, su marco temporal y espacial de referencia.

Si bien antes estaba presente en las labores del campo y en las actividades productivas, actualmente se mantiene sobre todo en el marco lúdico y festivo. Dentro del ciclo anual tradicional siguen manteniéndose las rondas de quintos o mozos y las enramadas de san Juan y san Pedro en algunos municipios de la Sierra del Rincón. También se asociaba tradicionalmente a la fiesta de la vaquilla en localidades como Navarredonda. Los festejos de carnaval son también marco para las jotas, interpretadas por las rondallas locales. Se interpretan y bailan también con motivo de romerías, procesiones y fiestas populares, es el caso, por ejemplo, de la celebración de la hoguera de santa Lucía, en Alcalá de Henares, donde es acompañada por rondas de dulzaineros y tamborileros; o de las jotas que se interpretan con motivo de la Loa de Fuencarral, las que acompañan a las Mayas en Madrid o la que se interpreta y danza como motivo de la Pastorela de Braojos.

El marco espacial de la Jota en el ámbito tradicional es, por tanto, aquel en el que se desarrollan los festejos y ritos tradicionales: las calles y plazas de los pueblos y las iglesias, ermitas y sus entornos.

En la Comunidad de Madrid se celebran diversos festivales o encuentros de jotas y danzas tradicionales en los que está presente la Jota, normalmente son de ámbito local y regional. Entre ellos se pueden considerar el Festival de Danzas Tradicionales, que se celebra en la ciudad de Madrid dentro de la programación de las fiestas de San Isidro, los encuentros de folclore castellano, los encuentros de dulzaineros o el reciente Escofolk, que se celebra en San Lorenzo de El Escorial. Además de estos encuentros y exhibiciones, los ayuntamientos y grupos de acción local y comarcal organizan encuentros locales con los que se pretende la recuperación de las tradiciones locales, entre ellas, la Jota. Teatros, auditorios, carpas de festival, escuelas de música y otras instalaciones locales son el escenario donde se celebran.

A.6. Participantes, comunidades y grupos sociales asociados.

La Jota en la comunidad de Madrid es conservada y trasmitida por tres tipos de comunidades portadoras: las casas regionales, las asociaciones de coros y danzas y los grupos folk, y las rondas, peñas y rondallas que en los municipios se ocupan de mantener viva su tradición. Todos ellos participan en su interpretación y transmisión. El público y los ciudadanos de las localidades en las que se interpreta participan en ella espontáneamente, bailando, cantando o animando a los intérpretes.

— Casas regionales. Existen 27 casas regionales en la Comunidad de Madrid, de 7 regiones diferentes. Actúan como centro de acogida de la inmigración y centro de mantenimiento de las tradiciones de su tierra de procedencia. Su origen puede buscarse a finales del siglo XVIII para aglutinar a los inmigrantes de Valencia, Aragón y Cataluña; posteriormente se les unieron otras sociedades con personas del País Vasco y Galicia. Será a lo largo del siglo XX cuando el aumento de oriundos de otras zonas de España en la capital derive en la generación de las Casas Regionales.

La generalización de la Jota a nivel nacional ha facilitado el mantenimiento del género en las casas regionales y su concepción como género de acogida. Su inclusión dentro de las actividades de las mismas ha hecho que pueda afirmarse que la Comunidad de Madrid sea donde más variedad de jotas se practica.

— Asociaciones de coros y danzas y grupos de música folk. Estos grupos realizan una muy importante labor investigadora en relación con el folclore regional, con el objetivo de recuperar, conservar y trasmitir sus diferentes manifestaciones. Como resultado, además de la puesta en escena de bailes y danzas tradicionales, animan, refuerzan y dinamizan la celebración de los festejos tradicionales de la Comunidad de Madrid. En este sentido podríamos señalar la participación y labor de refuerzo de la Asociación Arrabel, por ejemplo, en la animación y soporte de la fiesta de las Mayas de la ciudad de Madrid.

Algunos de los grupos folk incorporan nuevas coplas y crean nuevos repertorios a la jota tradicional, animando así a su aceptación y trasmisión.

Estos colectivos se organizan como asociaciones culturales. En la Comunidad de Madrid están dispersas por todo el territorio regional y colaboran con las diferentes administraciones para la difusión y salvaguardia de la jota y otras manifestaciones folclóricas tradicionales.

Investigadores especializados en antropología y etnografía refuerzan la labor de estas asociaciones y realizan un muy interesante trabajo para la conservación de la música y las costumbres tradicionales de nuestra región. En este punto hemos de destacar la labor fundamental realizada por José Manuel Fraile Gil.

— Rondas, rondallas, peñas. Existen en numerosas localidades de Madrid cuadrillas y grupos de ronda y rondalla, grupos de dulzaineros y de tamboriteros y cuadrillas o peñas de amigos que se unen para animar con sus jotas las fiestas locales. Hasta hace unos años, las rondas y rondallas eran grupos eminentemente masculinos, que tocaban y cantaba mientras las mujeres participaban en el baile; en la actualidad, prácticamente todas ellas son formaciones mixtas, si bien las mujeres siguen siendo las protagonistas de los bailes.

Como ejemplo de estos grupos podemos destacar las peñas asociadas a la Romería de la Virgen de Gracia de San Lorenzo de El Escorial, que animan las fiestas con su “guerra de jotas” o las de la localidad de El Escorial, que recorren las calles con sus “jotas picantes”. Los zambomberos de Colmenar de Oreja, por su parte, custodian y atesoran el folclore de su localidad y ejemplifican la transmisión consuetudinaria de los códigos y particularidades de la tradición oral.

Son estos grupos los que favorecen la trasmisión de la Jota en la Comunidad de Madrid. Esta se realiza, normalmente, a través de las escuelas de folclore y de los grupos de coros y danzas, pero también se aprende de las personas mayores, en fiestas y celebraciones locales.

A.7. Bienes culturales asociados.

Los trajes regionales o tradicionales de cada localidad están asociados al baile de la jota y son los utilizados por los grupos de danza escénica en sus representaciones. Como hecho tradicional, cada persona porta una indumentaria individual, reproduciendo el traje tradicional y sus diferentes versiones, sin que se atenga a una normalización estricta. También hay en la Comunidad de Madrid algunas indumentarias asociadas a danzas concretas, como la Pastorela de Braojos, los danzantes de la procesión del baile del niño en Navidad en Navalagamella o aquellas de moros y cristianos que se adoptan en la Loa de Fuencarral.

En algunas localidades de la sierra norte de Madrid, el traje tradicional femenino consta de medias de algodón blancas, liguero, pololos, enaguas, falda, refajo, camisa, pico de jotas, pañuelo, zapatilla de esparto, faltriquera, y chaleco. La falda es de unos cinco metros y sus colores habituales son el granate, amarillo y verde, utilizándose también morado y negro. En la actualidad, el pico de jotas puede ser sustituido por un mantón de manila, al igual que las zapatillas por zapato con cordones.

Los instrumentos musicales asociados a la Jota son variados, como lo son las formaciones musicales que la interpretan. Pueden ser instrumentos de idiófonos y membranófonos, fácilmente asequibles y que pertenecen al entorno doméstico (castañuelas, almirez, mortero, botella labrada, sartén), a los que se unen otros de uso común (pandereta, pandero, pandera, caja redoblante) o de construcción asequible (yerros, zambomba, arrabel); cordófonos (como la guitarra, el laúd o la bandurria), y aerófonos (como los pitos, la dulzaina castellana y la gaita serrana).

B. JUSTIFICACIÓN DE LOS VALORES QUE LO HACEN MERECEDOR DE SU DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

B.1. Justificación social y cultural.

La Jota ha estado presente en la Comunidad de Madrid al menos desde el siglo XVIII, formando parte del acervo cultural de los pueblos de la región.

En ellos, se desarrolla asociada a momentos festivos y lúdicos y, anteriormente, estaba asociada a las actividades productivas. Así, no es solo música y baile, sino que trasmite conocimientos y costumbres, favoreciendo la cohesión social de la comunidad. En un Madrid amenazado y/o inmerso en la globalización, en el que la mayor parte de la población vive en entornos urbanos, la cohesión social de las comunidades rurales es vital para su permanencia. La jota y otras formas de patrimonio inmaterial, animan, dinamizan y favorecen el aprecio del entorno y las costumbres propias; de esta manera se generan y refuerzan los lazos sociales locales, lo que deriva en el fortalecimiento y la sostenibilidad de los territorios.

B.2. Riesgos y medidas de salvaguarda.

Uno de los riesgos detectados por las comunidades portadoras para la conservación de la Jota es el inmovilismo de las formas, lo que hace que las nuevas generaciones la consideren ajena a su estilo de vida. Esto deriva claramente en falta de relevo generacional. Se debe buscar un equilibrio entre la fosilización, que provoca la falta de interés en la sociedad, y una evolución exagerada del género musical, que haga que se pierda su esencia.

A pesar de los esfuerzos que hacen las comunidades portadoras y los grupos locales, en la Comunidad de Madrid la Jota únicamente está presente en las fiestas y festejos populares del ámbito rural y puntualmente en algunas en el ámbito urbano. Por lo que respecta a la jota escénica, son pocas las ocasiones en las que se presenta la Jota, entre otras danzas tradicionales.

Sin duda, cualquier medida de salvaguardia que se pueda poner en marcha deberá hacerse en abierta colaboración entre las diferentes administraciones y las comunidades portadoras, garantes indudables de su trasmisión.

Entre estas medidas parece fundamental realizar un inventario exhaustivo de todas aquellas celebraciones locales en las que está presente la Jota, de forma que puedan mantenerse y ponerse en valor. Se debe realizar también una labor de investigación e implementar recursos que faciliten la recopilación de coplas, letras y formas musicales, sobre cualquier soporte documental; en este sentido, la Comunidad de Madrid gestiona la Dase de Datos del Patrimonio Inmaterial, Etnográfico e Industrial, en la que las comunidades portadoras podrán aportar sus conocimientos sobre la Jota.

La identificación y documentación de las diferentes formas y ámbitos en los que se presenta la Jota en la Comunidad de Madrid debe ser la base fundamental en la que se apoye cualquier labor dirigida a su conservación, difusión y trasmisión.

Por todo lo expuesto, se puede concluir que La Jota en la Comunidad de Madrid reúne valores de interés relevantes para su declaración como Bien de Interés Cultural del Patrimonio Inmaterial de la Comunidad de Madrid.

(03/16.622/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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