Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241128-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

51
Arganda del Rey. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Por número de resolución 2024007562 de la concejala-delegada de Bienestar Social, Igualdad, Salud Pública y La Poveda, de 25 de noviembre de 2024, se aprueba la convocatoria de ayudas extraordinarias dirigidas a vecinos y vecinas de Arganda del Rey con escasos recursos, para colaborar en sus gastos por vivienda habitual del año 2024, sujeta a lo previsto en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Arganda del Rey, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 183, del 3 de agosto de 2021 y Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

BDNS 799221

Beneficiarios.—Personas físicas empadronadas en Arganda, titulares de algún inmueble catastral en el municipio durante el 2024, destinado a su vivienda habitual.

Objeto.—Convocatoria Pública de Concesión de Ayudas Sociales Extraordinarias para colaborar con gastos por vivienda habitual.

Bases de la convocatoria.

https://sedeelectronica.argandadelrey.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_C...

Cuantía.—50.000 euros imputado a la aplicación presupuestaria 234,480; Transferencia a Familia e Instituciones sin ánimo de lucro del presupuesto municipal.

Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Arganda del Rey, a 26 de noviembre de 2024.—La concejala-delegada de Bienestar Social, Igualdad, Salud Pública y La Poveda, María Camacho García.

(03/19.499/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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