Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
02-12-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241202-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

20
ORDEN 4179/2024, de 14 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza la sede del Centro de Enseñanza Superior, Instituto de Estudios Bursátiles, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid.

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en su artículo 42 que la adscripción de centros docentes a universidades públicas requerirá la aprobación de la Comunidad Autónoma correspondiente al ámbito territorial en la que estuvieren ubicados dichos centros. La propuesta se elevará por el Consejo de Gobierno de la universidad, una vez informado el Consejo Social y conocida la necesidad que justifica su adscripción.

El Decreto 196/2000, de 31 de agosto, autorizó la adscripción a la Universidad Complutense de Madrid del Instituto de Estudios Bursátiles que impartirá, como Centro de Enseñanza Superior, las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Licenciado en Derecho.

Con fecha 20 de junio de 2023 la Universidad Complutense de Madrid ha dado traslado a la Dirección General de Universidades, de la solicitud efectuada por el representante legal del citado centro para que se procediese a solicitar la autorización de la sede ubicada en la Avenida del Talgo,1, bloque 5, 28023 de Madrid. Este traslado vendría motivado por el crecimiento de la actividad docente del centro, tanto en el título oficial de grado universitario, como en los cursos y programas de formación complementaria de posgrado que venía ofertando.

La Dirección General de Infraestructuras y Servicios de esta Consejería emitió informe favorable, con fecha 30 de mayo de 2024, sobre la adecuación de las instalaciones a los requisitos exigidos en el artículo 8 y anexo II del Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

El Consejo de Gobierno y el Consejo Social de la Universidad Complutense de Madrid aprobaron esta propuesta en las sesiones celebradas el 25 y 28 de junio de 2024 respectivamente.

El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria celebrada el 19 de julio de 2024 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente esta propuesta.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Universidades y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

DISPONGO

Primero

Ubicación de la sede

1. Autorizar la sede del Centro de Enseñanza Superior, Instituto de Estudios Bursátiles, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, ubicada en la Avenida del Talgo,1, bloque 5, 28023 Madrid.

2. En dicha sede se impartirán los estudios conducentes a la obtención del título oficial de Graduado en Derecho y del Máster Universitario de Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura.

3. Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de la sede.

Segundo

Actuaciones de la Universidad

La Universidad Complutense de Madrid deberá presentar ante el órgano de evaluación externo competente la correspondiente solicitud de modificación de las memorias de verificación de los títulos oficiales afectados, a efectos de que se incluya la ubicación de la sede, siguiendo para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Cuarto

Efectos de la Orden

Esta Orden producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 14 de noviembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/19.199/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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