Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241210-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

49
Ambite. Régimen económico. Calendario fiscal

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2025 [que estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( http://ambite.sedelectronica.es )], en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo del ejercicio 2025, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento sita en Plaza Mayor número 1, 28580 Ambite, Madrid (pago efectivo con importe exacto y tarjeta bancaria) Así como en las entidades bancarias autorizadas (BBVA) y a través de la página web del Ayuntamiento de Ambite, en las fechas siguientes:

— Del 3 de febrero al 2 abril de 2025.

• Tasa de vados.

• Primer semestre tasa de basuras.

— Del 10 de marzo al 9 de mayo de 2025.

• Primer semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Del 5 de mayo al 4 de julio de 2025.

• Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

— Del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2025.

• Segundo semestre tasa de basuras.

— Del 8 de septiembre al 7 de noviembre de 2025.

• Impuesto sobre bienes e inmuebles de naturaleza rústica.

• Impuesto sobre actividades económicas .

• Segundo semestre del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

— Servicio Especial de Pagos (SEP).

• Plazo 1: 7 marzo de 2025.

• Plazo 2: 7 mayo de 2025.

• Plazo 3: 7 agosto de 2025.

• Plazo 4: 7 noviembre de 2025.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

A los contribuyentes acogidos al Servicio Especial de Pagos (pago en 4) los recibos les serán cargados en su cuenta el día 7 hábil o inmediatamente posterior de los meses marzo, mayo, agosto y noviembre del año 2025.

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En, Ambite, a 27 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.

(01/19.614/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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