Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 294

Fecha del Boletín 
10-12-2024

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241210-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Majadahonda. Régimen económico. Concesión subvenciones

Anuncio de publicación de la concesión de subvenciones a clubes deportivos del municipio de Majadahonda para la realización de actividades en materia de deportes.

BDNS (Identif.): 784363

De conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publica extracto de la resolución de concesión cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(URL): https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/consulta .

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 05 de diciembre de 2024 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.—Conceder subvención para la realización de actividades de carácter deportivo durante el año 2023, a las entidades y en los términos que a continuación se detallan:

Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, así como en el tablón de edictos y en la página web municipal.

Contra esta resolución, que es definitiva en la vía administrativa, puede presentar a su elección:

— Recurso de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado este acuerdo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.

— Recurso contencioso-administrativo directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.

Si opta por presentar el recurso de reposición, el plaza para dictar resolución y notificación del mismo será de un mes; y contra la desestimación expresa, o presunta por el transcurso del plazo del mes, podrá presentar recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de dos meses desde la notificación, en el caso de resolución expresa, y en el plazo de seis meses desde la finalización del plazo para resolver en el supuesto de desestimación presunta.

Sin perjuicio de ello, podrá presentar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente. La interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Majadahonda, a 9 de diciembre de 2024.—El concejal-delegado de Deportes, Alejandro Rafael Núñez Velázquez.

(01/20.302/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241210-61