Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241216-15

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

15
RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se procede a la adjudicación de destinos correspondiente a las pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid.

Mediante Orden 512/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de 17 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, modificada por Orden 763/2021, de 27 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 14, de 18 de enero de 2022) y Orden 264/2022, de 14 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 24 de febrero), cuyas plazas fueron objeto de ampliación mediante Orden 794/2022, de 25 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 109, de 22 de mayo).

A la vista de la Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 242, de 10 de octubre), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

Adjudicar destinos, en los términos que se indican seguidamente, a las personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo que se publica con la presente resolución.

Segundo

1. Por la unidad responsable de personal de la correspondiente consejería u organismo autónomo, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas interesadas, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

2. A tal efecto, las personas aspirantes relacionadas en el mencionado Anexo deberán personarse en la subdirección general o unidad de personal de la consejería u organismo autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, a efectos de proceder a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su DNI-NIE, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo recogido en la base decimoquinta, apartado 15.2, de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril).

3. Cualquier información adicional a la recogida en la presente resolución se encontrará disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/pruebas-selectivas-educador-0 , así como en la página web del proceso selectivo accesible desde:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-estabilizacion

Tercero

1. De conformidad con lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6.o y 9.o, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base décima de la Orden 512/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de 17 de noviembre), las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Educador (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto en las citadas bases:

2. Como consecuencia de lo anterior, queda desierta la adjudicación de los puestos de trabajo que se indican a continuación:

Cuarto

Contra la presente Resolución y las actuaciones que se deriven de la misma podrán las personas interesadas interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2024.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.











(03/20.199/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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