Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
23-12-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241223-22

Páginas: 1







Boletín Oficial de la Comunidad de<br /> Madrid, número<br /> 305 | CVE:<br /> BOCM-20241223-22


Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

lunes 23/12/2024

Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241223-22
Páginas: 325 a 325 - 1 págs.

PDF de la disposición

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

22
EXTRACTO de la Orden 5873/2024, de 17 de diciembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden 3664/2024, de 13 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para 2024 las ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio.

BDNS (Identif.): 783795

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index y en página web http://www.comunidad.madrid (Inversión y empresa; innova; Convocatorias y ayudas a la innovación).

Primero

Se amplía en 7.500.000 euros el crédito inicialmente previsto en la Orden 3664/2024, de 13 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para 2024 las ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación publicoprivada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio. Dicho importe se distribuirá en 2.500.000 euros anuales para los años 2024, 2025 y 2026.

Segundo

El citado importe se financiará con cargo al subconcepto 79002, programa 466A del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Esta orden no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, destinándose el crédito ampliado a la cobertura de la lista de reserva constituida de conformidad con lo previsto en el 22.3 de la Orden 3026/2022, de 10 de octubre.

Cuarto

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación, en forma de extracto, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de diciembre, de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/21.165/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.



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Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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