Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2025

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250225-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

URBANISMO

68
Parla. Urbanismo. Convenio urbanístico

Que la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de urgencia celebrada el día 7 de mayo de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobación definitiva del trámite de cambio de sistema de ejecución de la Unidad de Ejecución número 2 PAU 5 del PGOU de Parla. Expte. 1/2022/CONURB.

Primero.—La desestimación de las alegaciones planteadas contrarias al cambio de sistema por las razones contenidas en la presente resolución y porque en definitiva ninguna de las mismas desvirtúan los argumentos tenidos en cuenta en la resolución de inicio del procedimiento por acuerdo de la JGL de 19.01.2024.

Segundo.—proceder al cambio de sistema de compensación por el que se viene desarrollando hasta la fecha la Unidad de Ejecución número 2 del PAU5, por incumplimiento de los deberes, obligaciones y compromisos inherentes al sistema de compensación, por impedir o dificultar apreciablemente la conclusión de la ejecución con perjuicio grave para el interés público o para los intereses legítimos de terceros, por las razones contenidas en la presente resolución y en la resolución de la JGL de fecha 19.01.2024 de inicio del expediente.

Tercero.—Sustituir el sistema de compensación por el de expropiación forzosa en el ámbito de la UE2 del PAU5. Todas las parcelas quedan afectas al sistema de expropiación forzosa. A este efecto, se deberá dar traslado de la presente resolución al Registro de la Propiedad número 1 de Parla, para que practique sobre todas las parcelas incluidas en el ámbito de la UE2 la anotación marginal de afección al sistema de expropiación.

Cuarto.—Iniciar el procedimiento de firma de convenios a suscribir con los propietarios de las parcelas/fincas registrales incluidas en las fases de urbanización ZA1 y UE2 Norte cuyos propietarios manifiesten voluntad de ser liberados de la expropiación, participando en la ejecución de las obras de urbanización y debiendo acreditar disponer de la capacidad económica necesaria.

Para la solicitud de suscripción y adhesión de los convenios indicados se acuerda un plazo preferente hasta el 30 de mayo de 2024. Tras la firma del presente convenio, los plazos para los propietarios de la ZA1 serán los siguientes:

1.o Antes del día 30 de mayo de 2024 deberán haberse suscrito todos los convenios urbanísticos como el presente con todos los propietarios interesados en la liberación de la expropiación.

2.o Antes del 15 de junio de 2024, habrá de quedar constituida mediante Asamblea de propietarios la “Entidad Urbanística de Urbanización del Sector ZA1 del PAU5 de Parla”, que recibirá en su caso, los fondos que los propietarios de la ZA1 habían aportado para su urbanización y que actualmente obran en las cuentas corrientes de la Junta de Compensación en disolución del PAU5 de Parla.

En dicha sesión constitutiva se aprobarán en su caso las normas de funcionamiento de la Entidad, se nombrará un Gerente profesional (no propietario) elegido por los propietarios integrantes de la Entidad.

3.o Antes del 31 de julio de 2024, la Entidad Urbanística de Urbanización del Sector ZA1 del PAU5 de Parla, ya dotada de personalidad jurídica, deberá haber suscrito los contratos de ejecución de obra y con las compañías de servicios, que fueran necesarios para el inicio efectivo de las obras de urbanización.

4.o Iniciar las obras de urbanización de la ZA1 antes del 1 de octubre de 2024 y estar finalizadas completamente antes del plazo de 15 meses desde la fecha de inicio. El régimen de aportaciones para las conexiones exteriores de esta Zona de urbanización asumida en su día por la Junta de Compensación, es asumida por el Ayuntamiento de Parla como subrogada en las referidas obligaciones por su condición de Entidad beneficiario y el régimen de aportaciones será el que contemple el convenio de gestión a suscribir.

Quinto.—Iniciar el procedimiento de firma de convenios a suscribir con los propietarios de las parcelas/fincas registrales para el pago en especie del justiprecio de la expropiación, mediante adjudicación futura de parcela/s urbanizadas sin aportación de derramas por el propietario firmante. El justiprecio correspondiente a los bienes y derechos expropiados se fijará mediante el reconocimiento y adjudicación de terrenos y derechos edificatorios dentro del ámbito con la entrega de un 40,05% de los derechos urbanísticos de la parcela expropiada que se albergarán en una parcela de suelo neta con una superficie que represente el 37,5% del mismo suelo expropiado. Para la solicitud de suscripción y adhesión de los convenios indicados se acuerda un plazo preferente hasta el 30 de junio de 2024.

Sexto.—Se acuerda iniciar el trámite de disolución de la Junta de Compensación del PAU5 de Parla, cese de su Consejo Rector y concesión del plazo de veinte (20) días a contar desde la presente notificación para que se proceda a la convocatoria de Asamblea de propietarios con el único punto del orden del día siguiente: nombramiento de órgano de liquidación, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38 de los Estatutos de la JC. Lo anterior con la advertencia expresa de que, si no estuviera nombrado en el plazo anteriormente indicado, será nombrado de oficio por el Ayuntamiento en su calidad de órgano de tutela del funcionamiento de la JC. Procédase a notificar esta resolución al Registro de Entidades urbanísticas colaboradoras.

Séptimo.—A los efectos de la cuantificación del importe de la infracción urbanística que proceda (art. 103.2 Ley 9/2001) procédase a la tramitación hasta la resolución que proceda en expediente aparte. No obstante, la Junta de Gobierno Local con su superior criterio decidirá.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Parla, a 14 de febrero de 2025.—El concejal-delegado del Área de Desarrollo Urbano e Industrial, Patrimonio Municipal y Obras Públicas y Secretario de la Junta de Gobierno Municipal, Bruno Garrido Pascual.

(03/2.486/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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