Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
05-06-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250605-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Alcobendas. Régimen económico. Bases subvenciones

Extracto del decreto 7555, de fecha 27 de mayo de 2025, por el que se convoca las subvenciones ámbito Familias, Mujer, Inmigración y LGTBI.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, de acuerdo con las bases de la presente convocatoria, las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas, que tengan un fin social y que desarrollen proyectos en el ámbito de Familia, Mujer, Inmigración e Igualdad.

Segundo. Finalidad.

Familia:

— Actividades formativas, informativas y de atención, destinadas a todas las familias y en especial a las monoparentales, numerosas, acogedoras y adoptantes enfocadas al ejercicio de una parentalidad positiva y que fomenten la función educativa de la familia.

— Actividades formativas y de atención y asesoramiento que fomenten la natalidad y apoyen la maternidad y la parentalidad.

Mujer:

— Actividades de sensibilización y prevención que favorezcan la conciliación familiar y laboral y la corresponsabilidad.

— Actividades dirigidas a fomentar el cambio cultural hacia la igualdad de oportunidades, la prevención de la violencia de género, el liderazgo y el emprendimiento femenino.

— Actividades que promuevan la participación y la presencia de las mujeres en los diferentes ámbitos de la vida pública y cotidiana.

— Actividades para la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

Inmigración:

— Actividades dirigidas al desarrollo de proyectos de acogida e integración de las personas migrantes y a sensibilizar contra la xenofobia, el racismo y la discriminación social.

— Iniciativas que favorezcan la sensibilización y el conocimiento de las diferencias culturales de la población migrante y que fomenten el intercambio de conocimientos, entre la población migrante y la autóctona.

— Proyectos que persigan como fin primordial facilitar y fomentar la participación, promuevan el asociacionismo y la participación de la población migrante en los diferentes ámbitos de la vida ciudadana.

LGTBI:

— Actividades destinadas a favorecer la igualdad de las personas LGTBI para lograr la plena equiparación de sus derechos con el resto de la sociedad y que prevengan y eliminen los factores causantes de situaciones de discriminación, acoso y exclusión.

— Desarrollo de proyectos que prevengan, detecten y sensibilicen en la lucha contra los delitos de odio.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de fecha 20 de febrero de 2009.

Cuarto. Cuantía.—El importe máximo destinado a estas subvenciones es de 45.700 euros.

— Ámbito de Familia: 8.000 euros.

— Ámbito de Mujer: 28.500 euros.

— Ámbito de LGTBI: 3.000 euros.

— Ámbito de Inmigración: 6.200 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 29 de mayo de 2025.—La concejala-delegada de Familia y Bienestar Social, María Concepción Villalón Blesa.

(03/8.719/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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