Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
27-06-2025

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250627-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Móstoles. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en al artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto refundido y el artículo 20.1 al que se remite el artículo 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la Secretaría General del Ayuntamiento de Móstoles se encuentra expuesto al público el expedientes de modificación presupuestaria, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito siguiente:

— Número H004/DGP/2025-13 por importe de 9.460.160,32 euros que afecta al vigente presupuesto, y que fue aprobado inicialmente por la Corporación Pleno en sesión celebrada el día 25 de junio de 2025, financiado con bajas de crédito de otras aplicaciones presupuestarias.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Oficina de presentación: Registro General.

En Móstoles, a 25 de junio de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda, Presidencia y Recursos Humanos, Alberto Rodríguez de Rivera Morón.

(03/10.434/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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