Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
09-07-2025

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250709-39

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2025, de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, de notificación del Área de Registro de Entidades de Economía Social.

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha realizado requerimiento de documentación regulado en la Orden 983/1997, de 7 de abril, del Registro de Mutualidades de Previsión Social no integradas en la Seguridad Social.

La notificación al interesado se ha intentado conforme a la exigencia establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que se haya conseguido practicar, por causas no imputables a esta Administración.

Se dicta esta resolución a efectos de lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicando que dicho requerimiento de documentación se encuentra en las dependencias de la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, Servicio de Mutualidades de Previsión Social y Sociedades Laborales, sito en calle Ramírez de Prado, número 5 bis (28045 Madrid), pudiendo ser retirado en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.

En el caso de no recoger el requerimiento de documentación en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, se considerará no subsanado el requerimiento y se iniciará el procedimiento oportuno previsto en los artículos 44, 46 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 4 de junio de 2025.—La Directora General de Autónomos y Emprendimiento, Irene Correas Sosa.

(01/10.646/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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