Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2025

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250821-29

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Arganda del Rey. Régimen económico. Presupuesto general

En cumplimiento del artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y del artículo 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince días hábiles de exposición pública del expediente del presupuesto municipal 2025, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno celebrada el 18 de julio 2025 y, no habiéndose presentado alegaciones al mismo, se da por aprobado definitivamente el presupuesto general de la entidad para 2025, comprensivo del Ayuntamiento de Arganda del Rey y el estado de previsión de la Empresa de Servicios Municipales de Arganda del Rey, S. A., las bases de ejecución y la plantilla de personal, siendo el contenido resumido por capítulos de dicho presupuesto general y el contenido literal de la plantilla el que se dice a continuación.







Contra el presente acuerdo, al ser una disposición de carácter general no cabe recurso alguno en vía administrativa, sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Arganda del Rey, a 19 de agosto de 2025.—El concejal-delegado de Hacienda y Festejos Populares, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.

(03/13.442/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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