Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
02-10-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251002-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

55
Colmenar Viejo. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto convocatoria de bases del Plan Reinicia. Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial 2025.

BDNS (Identif.): 856441

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.papa.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero. Beneficiarios y líneas de ayuda.—Línea única de Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial.

Segundo. Crédito presupuestario.—El importe máximo destinado a atender estas ayudas asciende a la cuantía total de trescientos mil euros, 300.000,00 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 433.480.01 con un importe de 200.000,00 euros (doscientos mil euros) y aplicación presupuestaria 433.480.00 con un importe de 100.000,00 euros (cien mil euros), resultando un total de 300.000,00 euros (trescientos mil euros).

Tercero.—El objeto de las presentes bases es regular la subvención del Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial e impulsar la dinamización del tejido empresarial como eje estratégico del tejido empresarial del municipio, siendo imprescindible el mantenimiento del mismo, valorándolo como motor de empleo y desarrollo económico. Por todo ello, estas bases vienen a regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las ayudas que excepcionalmente otorgará el Ayuntamiento de Colmenar Viejo como parte integrante del Plan de Ayudas para el Apoyo a la Innovación y al Uso de las Nuevas Tecnologías en el Ámbito Empresarial 2025.

Cuarto. Se pueden acoger a esta línea de subvención.—Esta línea estará dirigida a personas físicas, microempresas, sociedades civiles con personalidad jurídica, comunidades de bienes, cooperativas y cualquier otra forma jurídica de sociedad que cumpla los requisitos de ser beneficiaria.

Quinto. Régimen de concesión.—Concurrencia competitiva.

Sexto. Presentación de solicitudes.—El plazo de solicitud de estas ayudas será de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM).

Colmenar Viejo, a 15 de septiembre de 2025.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.

(03/15.305/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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