Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2025

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251009-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

17
ORDEN 4662/2025, de 25 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda la ampliación de instalaciones de la Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT) y el traslado a las mismas de varias titulaciones.

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en su artículo 97.3, que la creación, modificación y supresión de las estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuarán a propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1, en el cual se establece que la creación, modificación y supresión de facultades y escuelas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, a iniciativa de la universidad mediante propuesta y aprobación de su Consejo de Gobierno. Esta última referencia hay que entenderla referida al órgano al que las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas declaren competente a estos efectos.

En este sentido, la Universidad de Diseño, Innovación y Tecnología (UDIT), reconocida como universidad privada mediante la Ley 2/2022, de 1 de marzo, solicita la autorización para la ampliación de sus instalaciones a la calle Alcalá 506 a partir del curso académico 2025/2026 y el traslado a las mismas de varias titulaciones.

El motivo expuesto por la Universidad es la necesidad de ampliar las instalaciones en otros puntos estratégicos de la ciudad de Madrid por la vinculación de los mismos con determinados entornos industriales e innovadores, lo que beneficia la integración de la actividad desarrollada por la Universidad con el tejido empresarial e industrial, favoreciendo la formación interdisciplinar y transversal de los estudiantes, así como el establecimiento de sinergias con su entorno próximo.

La Universidad aporta al expediente el acuerdo adoptado por el órgano de administración de la misma en su sesión celebrada el día 24 de julio de 2024, órgano competente a estos efectos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 f) de sus normas de organización y funcionamiento aprobadas mediante el Decreto 133/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno.

Por otro lado, la Dirección General de Infraestructuras y Servicios ha emitido con fecha 7 de marzo de 2025, informe favorable respecto de la adecuación de las infraestructuras propuestas a los mínimos exigidos en el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Finalmente, la propuesta ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 15 de julio de 2025, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a propuesta de la Dirección General de Universidades,

DISPONGO

Primero

Autorización de las nuevas instalaciones

Acordar, a solicitud de la Universidad Internacional de Diseño, Innovación y Tecnología, la ampliación de sus instalaciones a la calle de Alcalá, número 506, de Madrid, así como el traslado a las mismas de la impartición de algunas titulaciones a partir del curso académico 2025-2026.

Segundo

Titulaciones que se trasladarán a las nuevas instalaciones y centros a los que están adscritas

En dichas instalaciones se impartirán las siguientes titulaciones adscritas a los centros de la Universidad que a continuación se señalan:

Tercero

Licencias, permisos y autorizaciones

Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de la nueva sede del centro.

Cuarto

Modificación de las memorias de verificación

La Universidad deberá presentar, ante el órgano de evaluación externo, la solicitud de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas por el traslado del lugar de impartición, debiendo para ello seguir el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Quinto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 25 de septiembre de 2025.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/15.649/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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