Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2025

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251016-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

51
Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Primera. Procedimiento 1575/2024

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera

EDICTO

Doña María Dolores Marín Relanzón, letrada de la Administración de Justicia de la Sección 1 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario 1575/2024 se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLAMOS

Estimando el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de don FRANCISCO JAVIER ESPADA CARRASCO, DON GERGEORIO VICENTE RAMOS GARCíA PRIETO y DOÑA MANUELA PARRAS MAESO, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Navas del Rey (Madrid) que aprueba definitivamente el estudio de detalle “Pasaje del Caño Viejo de determinación de alineaciones y rasantes interiores de la manzana delimitada por las calles Casa Blanca, Lope de Vega, paseo Santa Teresa, avenida Constitución y ordenación del pasaje Caño Viejo, en el municipio de Navas del Rey”, iniciado de oficio por esa Administración (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, de 29 de mayo de 2024), debemos declarar y declaramos la nulidad de este instrumento urbanístico; con imposición de las costas de este recurso a la parte demandada con el límite de cuantía y términos establecidos en el fundamento correlativo.

La presente sentencia es susceptible de recurso de casación, que deberá prepararse ante esta Sala en el plazo de treinta días, contados desde el siguiente al de su notificación, acreditándose en el escrito de preparación del recurso el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 89.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con justificación del interés casacional objetivo que presente. Previa constitución del depósito previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no tener por preparado el recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta Sección, cuenta-expediente número 2414-0000-93-1575-24 (Banco de Santander, sucursal calle Barquillo, número 49), especificando en el campo concepto del documento Resguardo de ingreso, que se trata de un “Recurso” 24 Contencioso-Casación (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, se realizará a la cuenta general número 0049-3569-92-0005001274 (IBAN ES55-0049-3569 9200 0500 1274) y se consignará el número de cuenta-expediente 2414-0000-93-1575-24 en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” y a continuación, separados por espacios, los demás datos de interés.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2025.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/15.881/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251016-51