Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 310

Fecha del Boletín 
30-12-2025

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251230-24

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ORDEN 2190/2025, de 16 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara la uniformidad y la gestión centralizada de la contratación del suministro de 143 lotes de medicamentos exclusivos para todos los hospitales dependientes del SERMAS.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de abril de 2003), podrán ser objeto de contratación centralizada aquellos bienes y servicios cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Comunidad.

El apartado segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo declarar la uniformidad, previo informe de la Dirección General de Patrimonio (actualmente Dirección General de Patrimonio y Contratación).

La Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 41. Cuatro 2 d) de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la comunidad de Madrid, tiene entre sus funciones proponer al órgano competente la contratación de los suministros bienes y servicios cuya contratación deba realizarse de forma centralizada, competencia que ha sido delegada por el Consejo de Administración de la Agencia, en su reunión de 23 de diciembre de 2024, a su Consejero-Delegado, Acuerdo publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2025.

Con el objetivo de racionalizar y optimizar la adquisición de medicamentos atendiendo a las necesidades asistenciales en los diferentes centros dependientes y adscritos al Servicio Madrileño de Salud, así como proporcionar la cobertura legal de las compras de estos medicamentos, se va a tramitar un procedimiento de adquisición centralizada de 143 lotes de medicamentos exclusivos.

Con anterioridad se ha declarado la compra centralizada de medicamentos exclusivos en las siguientes órdenes:

— Orden 889/2022, de 16 de junio, del Consejero de Sanidad, por la que se declara la compra centralizada del “Suministro de medicamentos exclusivos para todos los hospitales dependientes del Servicio Madrileño de Salud-187 lotes”.

— Orden 1887/2023, de 12 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se declara de compra centralizada el suministro de 93 lotes de medicamentos exclusivos para los distintos centros dependientes del Servicio Madrileño de Salud.

Los medicamentos objeto de la propuesta de declaración de compra centralizada son medicamentos de referencia que se encuentran dentro del período de exclusividad al que se refiere el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, sin que, por tanto, en el momento de la licitación haya posibilidad de competencia por no haberse agotado el período de exclusividad de datos previsto desde su autorización inicial, incluyéndose otros medicamentos exclusivos que no están relacionados en las referidas Ordenes, por lo que se hace necesaria la declaración de compra centralizada de los fármacos incluidos en los siguientes subgrupos terapéuticos:

A04 - Antieméticos y antinauseosos.

A08 - Preparados contra la obesidad, excluyendo productos dietéticos.

A09 - Digestivos, incluyendo enzimas.

C03 - Diuréticos.

G03 - Hormonas sexuales y moduladores genitales.

M03 - Relajantes musculares.

N04 - Antiparkinsonianos.

N05 - Psicolépticos.

N06 - Psicoanalépticos.

En este sentido la Consejería de Sanidad, a propuesta de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid , y conforme a lo dispuesto en los artículos 3.5, 32, 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, declara necesaria la ampliación de la declaración de uniformidad y compra centralizada en el ámbito del Servicio Madrileño de Salud del suministro de los 143 lotes de medicamentos exclusivos son medicamentos que se utilizan para cubrir las necesidades asistenciales de los pacientes de acuerdo con los protocolos farmacoclínicos de tratamiento establecidos en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud.

La inclusión de estos fármacos en un procedimiento centralizado, obedece al impacto económico que tienen, a la posibilidad de mejorar el precio de adquisición basado en el volumen de compras, así como a la necesidad de proporcionar la cobertura legal de las compras de estos medicamentos a los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, cumpliendo la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) garantizando la no interrupción de los tratamientos de los pacientes en que se han prescrito los medicamentos incluidos en el mismo, de acuerdo con la obligación de dispensación y cobertura de necesidades que se recoge en los artículos 3 y 84 del texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.5 del Reglamento de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, la competencia para celebrar los contratos corresponde al titular de la Consejería o al órgano que se determine en la declaración de uniformidad.

Por todo lo expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, visto el informe de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de 28 de noviembre de 2025.

DISPONGO

Primero

Declarar la uniformidad y gestión centralizada de la contratación del suministro de los productos sanitarios recogidos en el expositivo de esta Orden necesarios para cubrir las necesidades asistenciales de medicamentos, racionalizando y optimizando la adquisición de medicamentos en los diferentes hospitales adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, así como al Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, para ello es necesario formalizar un procedimiento de adquisición centralizada de 143 lotes de medicamentos exclusivos, que se adjudicará a través de un acuerdo marco por procedimiento abierto, mediante criterio único.

Segundo

Designar como órgano de contratación al Consejero-Delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.4.2.d) de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre y en el artículo 11 del en el Decreto 63/2024, de 19 de junio.

Tercero

La contratación del suministro objeto de gestión centralizada se llevará a cabo mediante un acuerdo marco de conformidad con los artículos 218 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/2023/UE y 2014/2024/UE, de 26 de febrero de 2014.

Cuarto

Lo dispuesto en esta Orden, será de aplicación a los centros del Servicio Madrileño de Salud, incluidos en la disposición adicional segunda 1: Centros y organizaciones adscritos al Servicio Madrileño de Salud, 1.a) Gerencia Asistencial de Atención Primaria, 1.b) Atención Hospitalaria y apartado 2: Centros, organizaciones y empresas públicas vinculadas al Servicio Madrileño de Salud: 2.a) Empresa pública Hospital Universitario de Fuenlabrada y 2.b) Hospital Universitario Fundación Alcorcón, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, así como al Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla”, de conformidad con el convenio vigente celebrado con el Ministerio de Defensa, en cuya cláusula 9.a punto 3, recoge su adhesión a los Acuerdos Marco de suministros de productos sanitarios y farmacéuticos de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2025.—La Consejera de Sanidad, P. D. (Orden 655/2025, de 22 de abril), el Secretario General Técnico, Francisco Lobo Montalbán.

(03/21.077/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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