Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
12-01-2026

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260112-17

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

17
EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para 2026, para financiar las subvenciones de concesión directa a municipios de menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal

BDNS (877768)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).

Primero

Declaración del crédito presupuestario disponible para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal en 2026

Declarar el importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de subvenciones a municipios de menos de 20.000 habitantes para la ejecución de las actuaciones de embellecimiento viario municipal para el año 2026 por importe de 7.000.000 euros.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de declaración de los créditos presupuestarios disponibles en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se acompañará de la documentación especificada en el artículo 15 de las Normas Reguladoras.

Estas ayudas se financiarán con cargo al programa 942O, “Reequilibrio Territorial”, subconcepto 76309 “Corporaciones Locales”, asociado al proyecto 2025/000224 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2026, quedando su vigencia condicionada a la efectiva existencia de crédito en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2026.

Segundo

Efectos de la orden

La presente orden producirá efectos al día siguiente a la publicación de su extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de diciembre de 2025.

El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA MARTÍN

(03/21.736/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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