Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260120-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo

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Alcalá de Henares. Régimen económico. Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acta de la sesión extraordinaria celebrada por el Consejo de Administración del Ente Público Empresarial del Ayuntamiento de Alcalá de Henares Alcalá Desarrollo, del día 27 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de los Premios Alcalá Concilia.

BDNS (Identi.): 880889

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.pap.hacienda.gob.es ).

Primero. Requisitos de participación.—Podrán participar todas aquellas empresas con independencia de su actividad y del sector empresarial al que pertenezcan, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

— Tener domicilio social o centro de trabajo en Alcalá de Henares.

— Contar con una plantilla mínima de 10 empleados/as.

— Estar al corriente de pagos con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares.

Segundo. Categorías y premios.—Las establecen 3 categorías en función del número de empleados de las empresas participantes. Las categorías son las siguientes:

— Pequeña Empresa: de 10 a 49 empleados/as.

— Mediana Empresa: de 50 a 249 empleados/as.

— Gran Empresa: más de 250 empleados/as.

La empresa ganadora de cada una de las categorías anteriores obtendrá un premio dotado con la cantidad de 2.000 euros.

Tercero. Objetivo.—El objetivo de estos premios es reconocer, visibilizar y difundir las acciones de conciliación desarrolladas por empresas locales, destacando aquellas que demuestran un compromiso real con la igualdad de género, la corresponsabilidad y el bienestar integral de las personas trabajadoras.

Cuarto. Bases reguladoras.—Acuerdo del Consejo de Administración del Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo de 27 de octubre de 2025 publicadas en la página web: www.alcaladesarrollo.ayto-alcaladehenares.es / www.ayto-alcaladehenares.es

Quinto. Importe.—Cuantía total: 6.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las candidaturas será de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo. Otros datos.—Los requisitos que debe reunir la solicitud de participación aparecen reflejados en el punto 5 de las bases reguladoras de la convocatoria. Así como los criterios de valoración, especificados en el punto 6.

Las candidaturas, junto con el resto de documentación requerida en las bases, deberán presentarse antes de la conclusión del plazo fijado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares antes de la conclusión del plazo fijado.

En Alcalá de Henares, a 23 de diciembre de 2025.—El consejero-delegado del Ente Público Empresarial Alcalá Desarrollo, Antonio Peñalver Martínez.

(03/431/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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