Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2026

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260122-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18

76
Madrid número 18. Procedimiento 1379/2025

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Juicio sobre delitos leves 1379/2025 entre Dña. Raquel González Quevedo Bernabé y D. Sergio Andrés Aquite Ninco, por un presunto delito de hurto, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución

Sentencia n.o 443/2025

En Madrid a 13 de octubre de 2025, el Iltmo. Sr. don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de Instrucción 18 de esta ciudad de Madrid, habiendo visto los autos de procedimiento de delitos leves, tramitados con el número 1379/2025, sobre el presunto delito de hurto, con la intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados de Raquel González Quevedo Bernabé, y Sergio Andrés Aquite Ninco.

Fallo

Que debo condenar y condeno a Sergio Andrés Aquite Ninco, como autor de un delito leve de hurto, a la pena de multa de 40 días, con una cuota diaria de 2 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, a que indemnice a Raquel González Quevedo Bernabé en la suma de 350 euros, y al pago de las costas de este procedimiento.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.—Leída y publicada fue la anterior sentencia, acto seguido de dictarse por el magistrado-juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de todo lo cual doy fe.

Y para que sirva de notificación a D. Sergio Andrés Aquite Ninco expido y firmo la presente.

En Madrid, a 13 de enero de 2026.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

(03/503/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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